Sánchez obliga a la paridad al Ibex, a las sociedades de interés público y a los órganos del Estado

La nueva norma será obligatoria en los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público de más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño (i); la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez (c) y el titular de Sanidad, José Miñones. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

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El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado este martes la primera Ley de Representación Paritaria y presencia equilibrada de hombres y mujeres en órganos de decisión, que afectará también a los órganos constitucionales del Estado. Es la segunda vuelta del texto y, entre las novedades, destaca que no sólo las grandes empresas privadas, incluyendo el Ibex-35, y el Ejecutivo estarán obligadas a la paridad, sino también los órganos constitucionales y de relevancia institucional –el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial-, además de los colegios profesionales, las candidaturas electorales o los jurados de reconocimientos públicos.

Arranca así la tramitación parlamentaria, que llevará la ley al Congreso y al Senado. El texto recoge que los organismos encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones de representación paritaria en sociedades cotizadas y entidades de interés público serán la CNMV y el Instituto de las Mujeres, respectivamente, e incluye un régimen sancionador. En cuanto a las grandes empresas, el objetivo que destaca Moncloa es «velar por que las entidades cotizadas alcancen unos umbrales mínimos de presencia del sexo menos representado en sus consejos de administración». Dicho umbral deberá ser alcanzado antes del 30 de junio de 2026.

Así lo han precisado tras las preguntas de los periodistas tanto la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, como la vicepresidenta primera y ministra de Economía, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que se han congratulado de que este paso ponga a España «a la vanguardia y en una posición de liderazgo» internacional. Fuentes del Ministerio de Economía ha afirmado a Economía Digital que no todas las empresas participadas por la SEPI estarán incluidas.

Cómo se materializa en política

La nueva norma ataca, en primer lugar, el ámbito político. Para garantizar la paridad, modifica la legislación electoral con el fin de establecer la obligatoriedad de las listas cremallera (candidaturas integradas por personas de uno y otro sexo ordenadas de forma alternativa) en las elecciones de miembros del Congreso, Senado, Parlamento Europeo, asambleas autonómicas, municipios, consejos insulares y cabildos insulares.

También traslada al máximo órgano ejecutivo del Estado, el Consejo de Ministros, el principio de representación equilibrada, consistente en que ningún sexo debe tener una presencia inferior al 40% de los puestos en dicho órgano. Este principio se aplicará a la hora de nombrar a las personas titulares de las vicepresidencias y de los ministerios en su conjunto.

En el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada ministerio deberán incorporar también este
principio en los próximos cinco años. La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal.

A qué empresas privadas afecta

Con la nueva norma, los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones de euros deberán tener una composición acorde con este principio, de modo que el número de mujeres no podrá ser inferior al 40% del total de los miembros del consejo. Para lograrlo, deberán adaptarse los procesos de selección para asegurar el cumplimiento de esta disposición, debiendo, en caso de empate entre varios candidatos, elegir al del sexo menos representado en el consejo.

En ambos tipos de sociedades se establece la obligación de velar por que la alta dirección también cumpla este principio y deberá detallarse en la memoria la situación al respecto. En el caso de las sociedades cotizadas se establece como infracción grave el incumplimiento de estas previsiones. «La norma es más exigente en los consejos de administración», ha asegurado Calviño. «La empresa tiene explicar por qué no se cumple. El régimen sancionador es más estricto con las grandes empresas cotizadas que con el resto de las grandes empresas«.

Por último, el principio de representación equilibrada deberá cumplirse también en las juntas de gobierno de los colegios profesionales, que además deberán incluir en su memoria anual el número de miembros desglosados por sexo y, en caso de no alcanzar el porcentaje establecido, aclarar los motivos y las medidas adoptadas para alcanzarlo. También deberá cumplirse en tribunales, jurados y órganos colegiados constituidos para otorgar premios o condecoraciones de la Administración General del Estado o entidades integrantes del sector público institucional estatal o cuando sean presididos por representantes de aquellas.

Cuál es el plazo de aplicación

En el ámbito privado, las sociedades cotizadas deben asegurar en sus consejos de administración al menos un 40% de consejeros del sexo menos representado de forma gradual en función de su tamaño. Será de aplicación a partir del 30 de junio de 2024 para las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil y desde el 30 de junio de 2025 para las cotizadas con una capitalización bursátil superior a los 500 millones de euros.

Tras la correspondiente audiencia pública, se flexibiliza el calendario de implementación al extenderse el plazo de cumplimiento para las sociedades con menor capitalización bursátil hasta finales de junio de 2026. Dado el diferente punto de partida, se proporciona un plazo adicional para la adaptación hasta el 30 de junio de 2026 en las juntas de gobierno de los consejos generales y los colegios profesionales.

A su vez, se establece igualmente una implementación progresiva para las empresas grandes no cotizadas, que deberán cumplir con un objetivo del 33% a finales de junio de 2026 y del 40% a finales de junio de 2028.

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