Recuerda: en pocos días vence el plazo para enviar tu voto por correo

Para poder enviar el voto por vía postal hay que inscribirse previamente en la web de Correos o personalmente en alguna oficina postal

La Junta Electoral Central (JEC) da respuesta a la propuesta de Correos. Foto: Freepik.

La Junta Electoral Central (JEC) da respuesta a la propuesta de Correos. Foto: Freepik.

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Por diversas razones muchas personas no pueden estar presentes el día de las elecciones municipales y comunitarias, que están agendadas para el próximo 28 de mayo.

Algunas pueden tener razones laborales, y otras porque se encuentran lejos del domicilio en que están empadronadas y se les complica el traslado.

Una de las opciones que da la Oficina del Censo Electoral es remitir el voto por correo, pero para ello hay que cumplir con un requisito previo: la inscripción telemática o personal.

Correos
Las oficinas de Correos reciben los votos hasta el 24 de mayo

Voto por correo: el último día para inscribirse

Este jueves 18 vence el plazo para solicitar el voto por correo. Ese trámite se puede hacer en cualquier oficina de Correos o a través de internet.

Hasta el jueves 18 hay tiempo para inscribirse y emitir el voto por correo

Los que se decidan por esta opción tienen que ingresar en el portal que habilitó Correos y confirmar su identidad con la firma electrónica, ya sea con el certificado digital o el DNI electrónico.

Allí se puede gestionar el certificado de inscripción en el censo electoral, con el que pueden emitir su voto para elegir a los miembros de los 8.131 ayuntamientos de España, además de los parlamentarios de todas las comunidades autónomas excepto Cataluña, Andalucía, País Vasco, Galicia y Castilla y León.

La llegada de la documentación

Desde que se solicitó el voto, la Oficina del Censo Electoral tiene hasta el domingo 21 de mayo para poder enviar la documentación necesaria para emitir el voto, entre las que se encuentran las papeletas de los partidos y la inscripción en el censo.

La entrega será personal y en el domicilio que haya señalado el interesado. En caso de ausencia, el personal de Correos insistirá hasta dos veces; y si no lo encuentra, dejará un aviso para que pase por la oficina postal más cercana.

Las elecciones municipales y algunas autonómicas tendrán lugar el 28 de mayo: Foto: Freepik.
Los votos postales se añadirán a las urnas el día de la elección. Foto: Freepik.

El envío del voto

Las personas que hayan decidido votar por correo tienen tiempo hasta el 24 de mayo para llevar su sobre a Correos, donde se debe incluir el certificado del censo electoral y la papeleta del partido que haya elegido.

El envío será tramitado como correo certificado y urgente, y con carácter gratuito.

El recuento de los votos

Correos conservará todos los sobres que hayan llegado hasta el día de las elecciones a las mesas electorales, y las llevará a las mismas entre las 9 y las 20 horas.

Una vez que haya finalizado la votación se depositarán los votos en la urna y se realizará el escrutinio.

Cabe recordar que en caso de haber emitido el voto por correo no se puede concurrir a sufragar a la mesa electoral, ya que las autoridades de la mesa tendrán un registro con el nombre y DNI de las personas que ya han votado por la vía postal.

Economía Digital

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