Los expertos coinciden en que C’S, PSC y PP no frenarán a Forcadell

El Constitucional puede admitir a trámite uno de los recursos, pero es muy difícil que acepte suspender la celebración del pleno independentista

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Ciudadanos, PSC y PP irán juntos este miércoles al Constitucional para presentar varios recursos con los que intentará evitar que el lunes 9 de noviembre el pleno del Parlament declare la república catalana tal y como pretende la presidenta de la Cámara, Carme Forcadell.

Pero las expectativas de que esos recursos prosperen son muy escasas, por no decir nulas, según los expertos consultados por Economía Digital. Aún no se sabe cuáles serán los argumentos jurídicos que utilizarán los partidos no independentistas, pero sí que sus recursos serán dobles.

Doble recurso

Por un lado, impugnarán la celebración este marte de una Junta de Portavoces convocada por Forcadell, que consideran ilegal, ya que el PP todavía no se ha constituido como grupo parlamentario y, por tanto, no tiene portavoces y no ha podido participar en el encuentro con todas las de la ley.

Por otra parte, Inés Arrimadas (Ciutadans), Miquel Iceta (PSC) y Xavier García Albiol (PP) impugnarán la admisión a trámite por parte de la Mesa del Parlament de una propuesta de resolución presentada de forma conjunta por Junts pel sí, el partido de Artur Mas, y las CUP para declarar la república catalana.

Amparo al derecho de participación

«El primero de estos recursos podría sustentarse en el amparo que el artículo 23 de la Constitución, que protege el derecho de participar en política. Si la reunión de la Junta de Portavoces se ha realizado de forma irregular, el recurso podría prosperar», explica la profesora de Derecho Constitucional de la UIC Montserrat Nebrera.

«En cambio, es muy difícil que se pueda admitir a trámite el segundo de los recursos, porque se trata sólo de una propuesta de resolución que todavía no se ha votado. Hasta que no sea aprobada, no se puede hacer nada», añade Nebrera.   

Artículo 23 de la Constitución

El catedrático de Derecho Constitucional de la UB Xavier Arbós recuerda que «el artículo 72 del Reglamento del Parlament establece que el orden del día debe ser aprobada por la Junta de Portavoces», en consecuencia, si la Junta no se podía convocar al faltar los portavoces del PP, «se podría haber vulnerado su derecho a discutir o a votar».

De acuerdo con esa línea argumental, coincide en que los partidos no independentistas podrían presentar sus recursos sustentados «en el derecho a participar que contempla el artículo 23 de la Constitución».

Limitar el derecho de participación de los independentistas

Pero, como Nebrera, Arbós piensa que el otro recurso, el que se pretende presentar contra la admisión a trámite de la resolución independentista, tiene muy pocas posibilidades de prosperar, puesto que impedir que esa resolución se debata implicaría «limitar el derecho de participación», en este caso, de los grupos independentistas que la han presentado.

Eso no implica que el contenido de la resolución sea legal. Arbós está convencido de que es «inconstitucional de todas, todas», pero considera que sólo podrá ser impugnado una vez ya haya sido aprobado por el pleno parlamentario.

Así las cosas, es posible que el Constitucional sólo admita a trámite los recursos que se presenten contra la celebración de la Junta de Portavoces  celebrada este martes a instancias de Forcadell.

¿Suspensión del pleno?

Pero esa admisión tendrá escasas consecuencias jurídicas: «Se puede pedir la suspensión», para evitar que el pleno secesionista, que en principio se celebrará el lunes 9 de noviembre, tenga lugar, pero «es muy improbable que el Tribunal la conceda», relata Nebrera.

Y añade que sólo hay un precedente relativo a los casos en que se pide amparo para que no se ejecute una sentencia de prisión. «En esos supuestos, que son de vida o muerte, prima la libertad de la persona», pero no parece que esa filosofía pueda prosperar en una situación como la que ahora vive el Parlament.

    

Economía Digital

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