El Congreso aprueba la pasarela de las mutualidades al RETA y deja fuera a los jubilados
Congreso de los diputados
Durante la última jornada, el Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la ley para mejorar las pensiones de los profesionales que cotizan a través de mutualidades como, por ejemplo, abogados, procuradores, ingenieros, arquietectos o médicos. No obstante, esta nueva ley aprobada ha dejado fuera a un gran conjunto de personas: los pensionistas. Los mutualistas que ya se encuentran disfrutando de su jubilación no podrán acogerse a estas nuevas medidas.
La decisión pone fin a la incertidumbre generada durante la tramitación parlamentaria. El pasado 11 de junio, el Congreso dio luz verde al proyecto de ley con una enmienda del PP, aprobada por sorpresa en la votación, que abría también la puerta a los pensionistas para mejorar sus prestaciones mediante el traslado al sistema público. Sin embargo, el Senado, donde los populares cuentan con mayoría absoluta, rectificó esa posición y eliminó esa posibilidad. Finalmente, la Cámara Baja ha respaldado el texto modificado por el Senado.
La nueva ley, cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se espera en los próximos días, permitirá que los profesionales que todavía cotizan en mutualidades puedan incorporarse de forma voluntaria al RETA. Para ello deberán trasladar a la Seguridad Social el ahorro acumulado en sus mutualidades, una operación que estará exenta de tributación en el IRPF.
El Ejecutivo dispondrá de un plazo de tres meses para aprobar el desarrollo reglamentario que concretará cómo y cuándo se realizará ese traspaso de fondos. También deberá fijar el mecanismo para convertir esas aportaciones privadas en periodos de cotización dentro del sistema público. Las mutualidades defienden que el dinero permanezca invertido hasta que se produzcan las jubilaciones, con el objetivo de evitar pérdidas derivadas de una liquidación anticipada de sus inversiones.
Cómo se calcularán las nuevas cotizaciones
La ley establece que las cantidades trasladadas desde las mutualidades se transformarán en años cotizados mediante un coeficiente que oscilará entre el 0,67 y el 0,88, aunque el cálculo definitivo dependerá del reglamento que apruebe el Gobierno. El objetivo es que los profesionales puedan incrementar su carrera de cotización y, en consecuencia, mejorar la pensión que recibirán al jubilarse.
La aprobación de esta reforma culmina una reivindicación impulsada hace casi tres años por los colectivos de mutualistas alternativos, que denunciaban que numerosos profesionales —como abogados, arquitectos, ingenieros o procuradores— estaban accediendo a la jubilación con prestaciones de apenas entre 500 y 700 euros mensuales tras décadas de ejercicio.
La situación se explica porque, durante años, la legislación permitió realizar aportaciones muy inferiores a las cotizaciones mínimas exigidas en la Seguridad Social. No obstante, la nueva pasarela no garantiza automáticamente el acceso a la pensión mínima del sistema público. La cuantía final dependerá tanto del tiempo de cotización reconocido como del coeficiente que se aplique a las aportaciones trasladadas.
Régimen especial para mayores de 52 años

La norma incorpora además medidas específicas para los mutualistas de mayor edad y para quienes no reúnen el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a una pensión contributiva.
Los profesionales mayores de 52 años podrán computar, únicamente a efectos del porcentaje aplicable sobre su futura pensión, cada mes cotizado en la mutualidad como si hubiera sido cotizado en el RETA.
Asimismo, quienes abandonaron una mutualidad y no alcanzan los 15 años mínimos de cotización en la Seguridad Social podrán suscribir un convenio especial que les permitirá reconocer hasta cinco años de aportaciones realizadas en el sistema privado.
Por otra parte, los profesionales que cotizaron en una mutualidad antes de 1995, cuando este régimen era obligatorio para determinadas profesiones, podrán computar esos periodos como cotizados en el RETA a efectos del cálculo del porcentaje de su pensión.
Se mantiene el modelo de mutualidades alternativas
La ley también preserva el sistema de mutualidades alternativas, cuya desaparición llegó a plantearse durante la negociación parlamentaria. Las primeras versiones del texto contemplaban eliminar este modelo, obligando a los nuevos profesionales a cotizar directamente en el RETA a partir de 2027 —posteriormente se retrasó a 2028—, una medida que finalmente ha quedado descartada.
En su lugar, el Gobierno deberá elaborar antes del 31 de diciembre de 2030 un informe para evaluar el funcionamiento de este régimen y decidir si mantiene o suprime la alternatividad.
Además, la norma insta a las mutualidades a garantizar prestaciones equiparables a las pensiones mínimas de la Seguridad Social. No obstante, ese compromiso se considerará cumplido cuando las cuotas aportadas por los mutualistas alcancen el equivalente al 100% de la cotización que correspondería en el RETA, sin que ello suponga necesariamente que las pensiones finales igualen las mínimas del sistema público.
La equiparación de las aportaciones será progresiva: las cuotas deberán representar el 86% de la cotización al RETA este año, elevarse al 93% en 2027 y alcanzar el 100% en 2028.