De Alzheimer a cáncer: enfermedades para recibir la pensión de incapacidad permanente

La cuantía y los requisitos para solicitar la prestación varían en función del grado de incapacidad

Foto: Pixabay.

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Para los trabajadores que sufren una pérdida de ingresos por la reducción o anulación de su capacidad laboral tras una enfermedad o accidente, el Estado prevé la pensión por incapacidad permanente. Se trata de un subsidio que pueden solicitar los empleados incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre y cuando, cumplan con los distintos requisitos exigidos para cada grado de incapacidad.

El más bajo es la incapacidad parcial, que hace referencia a aquellos trabajadores con una disminución superior al 33% para desempeñar su profesión habitual. Le sigue la incapacidad total, en la que el empleado se encuentra inhabilitado para desarrollar la actividad laboral que lleva a cabo habitualmente, pero puede dedicarse a otra diferente.

En tercera posición, figura la incapacidad absoluta que describe la situación de aquellos trabajadores que no pueden desempeñar ningún oficio u profesión. Por último, el grado más alto contemplado por la Seguridad Social a la hora de conceder la pensión es la gran invalidez, que perciben los empleados que requieren de la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de su día a día.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos para cobrar esta pensión varía en función del tipo de incapacidad, aunque todos requieren una serie de condiciones comunes. Estos son algunos de sus requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social.
  • No haber alcanzado la edad legal de jubilación (este año es de 66 años y cuatro meses).
  • En caso de enfermedad común, se debe cumplir con una determinada cotización, que dependerá del grado de incapacidad permanente.

¿Cuánto se cobra?

La cuantía depende según la gravedad, correspondiendo a la primera una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora y, a la última, el 55% o el 100% de la base reguladora más un complemento. Este tipo de pensiones se abonan en 14 pagas mensuales con dos extraordinarias, pero las que provienen por un accidente laboral o una enfermedad profesional se pagan en 12 mensualidades, ya que las extraordinarias de junio y noviembre se prorratean a lo largo del año.

En el caso de la incapacidad permanente de gran invalidez las cuantías para el 2023 se sitúan en los 1.452,60 euros para las personas con un cónyuge a cargo; 1.174,62 euros, si no se tiene cónyuge, y 1.114,83 euros, si se tiene un cónyuge a no cargo.

Sin embargo, los beneficiarios de la pensión de incapacidad absoluta o total con una edad de 65 años verán incrementadas las cuantías hasta los 966,19 euros, si se tiene un cónyuge a cargo; 783,04 euros, si no se tiene cónyuge, o 743,22 euros, si se tiene un cónyuge a no cargo.

Mientras que para las personas que perciban una pensión de incapacidad total con una edad comprendida entre los 60 y los 64 años el importe alcanzará los 905,86 euros, si tienen un cónyuge a cargo, se situarán en los 732,59 euros, si no lo tienen, y en los 714,14 euros, si tienen un cónyuge a no cargo.

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Foto: Pixabay.

Por último, las personas con una incapacidad total derivada de una enfermedad común y tengan menos de 60 años percibirán 577,22 euros, independientemente de si tienen un cónyuge a cargo o no.

¿Con qué enfermedad se puede solicitar?

  • Alzheimer
  • Aneurisma
  • Artritis Reumatoide
  • Artritis Psoriásica
  • Artrosis
  • Cáncer
  • Cardiopatías
  • Colitis ulcerosa
  • Depresión
  • Demencia
  • Desprendimiento de la retina
  • Enfermedades hepáticas
  • Enfermedad de Crohn
  • EPOC
  • Esclerosis Múltiple
  • Espondilitis anquilosante
  • Espondilosis degenerativa
  • Esquizofrenia
  • Estenosis foraminal
  • Fibromialgia
  • Fibrilación auricular
  • Glaucoma
  • Hernia discal
  • Hipertensión pulmonar
  • Ictus
  • Insuficiencia renal crónica
  • Infarto agudo de miocardio
  • Lesión medular
  • Lumbalgia
  • Lupus
  • Migrañas
  • Neuropatía
  • Parkinson
  • Pancreatitis
  • Patologías de pies y manos
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Raynaud
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
  • Trasplante de riñón
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno de ansiedad
  • Trastorno de estrés postraumático