Hacienda lanza un aviso clave a pensionistas sobre la renta de 2025

El próximo 8 de abril arranca el periodo para presentar la Declaración de la Renta, que se alagará hasta el 30 de junio

Hacienda. Pensión. Renta 2025.

La fecha de inicio de la campaña de la Renta cada vez está más cerca. A pesar de que el trámite se debe llevar a cabo de forma anual, siempre y cuando se cumplan los requisitos fijados por Hacienda, no son pocos los contribuyentes a los que les surgen dudas a medida que avanzan en el proceso.

Por ejemplo, las personas que están cobrando una pensión del sistema público de prestaciones pueden preguntarse si se encuentran en la obligación de presentar la Declaración de la Renta este año. A pesar de que existe la idea generalizada de que los pensionistas no deben rendir cuentas con la Agencia Tributaria, la realidad es que depende de numerosos factores, que van desde la cantidad de ingresos hasta el tipo de pensión.

Qué pensionistas deben presentar la Renta

Hacienda ha recordado que los contribuyentes que hayan obtenido a lo largo del año rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores, si el segundo pagador supera los 1.500 euros, se encuentran en la obligación de presentar la Declaración de la Renta.

Consecuentemente, en general, los pensionistas que cumplan la condición de ingresos o de número de pagadores deberán rendir cuentas ante las autoridades fiscales. Así, una persona que perciba la pensión y perciba otras rentas, por ejemplo, por alquilar una vivienda o vender acciones, deberá comprobar si alcanza el límite que le aboca a presentar la Renta.

Otro factor a tener en cuenta es que las personas que reciben una pensión de otro país deben incluirlo en la Declaración de la Renta, a pesar de que existen convenios que tratan de evitar que el pensionista que ha pagado impuestos en su país de origen tenga que hacerlo otra vez por los mismos ingresos.

Archivo - Una mujer pensionista caminando por una calle de Madrid. Hacienda.
Los pensionistas que cumplan la condición de ingresos o de número de pagadores deberán rendir cuentas ante las autoridades fiscales. Foto: Europa Press.

Con todo, conviene tener en cuenta que no todas las pensiones tributan. Concretamente, están exentas las pensiones de orfandad, incapacidad permanente y gran invalidez.

Cuándo se presenta la Renta

El próximo 8 de abril se abre el plazo para presentar la Declaración de la Renta por internet, mientras que para recibir asistencia telefónica para realizar el trámite será necesario esperar hasta el 6 de mayo

Los contribuyentes que deberán esperar más para presentar la Declaración de la Renta serán aquellos que tengan planeado rendir cuentas con Hacienda de forma presencial, dado que hasta junio no se abrirá el plazo para esta modalidad.

La campaña de la Renta 2025 se abre el día 8 de abril y concluirá el 30 de junio

Las personas que estén interesadas en presentar la Declaración de la Renta por teléfono y de forma presencial deben tener en cuenta que es necesario pedir cita previa dentro del plazo estipulado:

  • Del 29 de abril al 29 de junio: solicitud de cita previa para presentar la Declaración de la Renta por teléfono.
  • Del 1 de junio al 30 de junio: solicitud de cita previa para presentar la Declaración de la Renta de forma presencial.

Consultar el borrador en Hacienda

El borrador de la declaración de la renta y los datos fiscales se pueden consultar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, tras acreditar la identidad con uno de los siguientes sistemas:

  • Certificado y DNI electrónico.
  • Sistema Cl@ve Móvil.
  • Número de referencia.

Las personas que quieran consultar el borrador de la Declaración de la Renta y los datos fiscales deberán acceder a la sede electrónica o la aplicación de la Agencia Tributaria

Los contribuyentes también podrán consultar el borrador a través de la aplicación de Hacienda, utilizando el sistema Cl@ve Móvil o el número de referencia.

Reembolso de la Declaración de la Renta

Cuando la Declaración de la Renta sale a pagar, el ingreso de la cuota tributaria podrá efectuarse mediante:

  • Domiciliación
  • Pago mediante cargo en cuenta
  • Número de referencia completo (NRC)
  • Tarjeta de crédito o débito
  • Transferencia instantáneas a través de plataformas como Bizum
  • Documento de ingreso

En el caso de que la Declaración de la Renta salga a devolver, Hacienda paga la devolución de la Renta mediante transferencia bancaria en la cuenta bancaria indicada por el contribuyente en el documento.

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