Planes de pensiones: cómo funcionan y dónde escogerlos

Te explicamos cómo funciona un plan de pensiones y dónde puedes contratarlo

Dinero | pxhere.com

Las cuentas de ahorro te permite generar una rentabilidad a cambio de depositar dinero. Imagen: Pxhere.

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Los planes de pensiones son un producto de ahorro provisional a largo plazo cuyo principal fin es el de generar un ahorro del que disponer en la jubilación en forma de capital o de rentas. Es decir, funcionan como una hucha. Son muchas las personas que optan por asegurar unos ahorros extras para la jubilación, además de la pensión de jubilación que ofrece la Seguridad Social.

Su funcionamiento se basa en aportaciones periódicas o puntuales realizadas por el contratante, que son invertidas por los gestores del plan siguiendo unos criterios de rentabilidad y riesgo previamente establecidos en la política de inversión del plan.

¿Dónde contratar un plan de pensiones?

Existe una gran variedad de opciones para contratar un plan de pensiones: bancos, aseguradores, gestoras de fondos de pensiones, empresas de servicios de inversión, gestoras de instituciones de inversión colectiva o entidades inscritas en los registros dependientes del Ministerio de Economía y Hacienda, del Banco de España o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Una pareja de jubilados.

El plan de pensiones se puede rescatar una vez se haya accedido a la jubilación, ya sea por la edad ordinaria o de forma anticipada. Lo que se «rescatan» son las aportaciones que esa persona haya realizado a lo largo de la vida del plan más la posible rentabilidad que haya generado. Pero, ¿es posible rescatar antes el plan de pensiones?

La respuesta es sí, pero en casos concretos. Así, se permite la disposición anticipada en caso de despido objetivo o colectivo y algunos planes admiten el cobro desde los 60 años o en una situación de desempleo de larga duración o de enfermedad grave.

También es posible rescatar el plan de pensiones por una incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez o si la Administración le reconoce dependencia severa de grado II o III.

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