Tres trucos para aumentar tu pensión de jubilación

La jubilación demorada, flexible o parcial son algunas de las alternativas con las que cuentan las personas que quieren incrementar la cuantía de la prestación

La edad legal de jubilación se sitúa en los 66 años y cuatro meses. Pixabay.

La edad legal de jubilación se sitúa en los 66 años y cuatro meses. Pixabay.

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Una vez los trabajadores ponen punto final a su vida profesional y cumplen con los requisitos exigidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pueden solicitar la pensión de jubilación del sistema público. Sin embargo, la cuantía de la prestación puede variar en función de distintos factores. Te mostramos algunas opciones para incrementar el importe de la pensión por jubilación.

Jubilación demorada

Tanto los trabajadores por cuenta propia como los que lo hacen por cuenta ajena pueden optar a la jubilación demorada. Una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación, las personas que decidan prolongar su vida laboral podrán obtener un complemento económico cuando comiencen a percibir la pensión de jubilación.

Así, pueden solicitar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión. Asimismo, se puede obtener, en el momento de la jubilación, una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente.

Una pareja de jubilados. Pixabay.
Una pareja de jubilados. Pixabay.

También es posible combinar estas dos opciones, disminuyendo el abono a tanto alzado y sumando el porcentaje a la futura base reguladora.

Jubilación parcial

La jubilación parcial es una opción que se se refiere a la jubilación iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial. También puede estar vinculada a un contrato de relevo con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

Por tanto, se pueden combinar los ingresos percibidos por el trabajo y, a la vez, cobrar la prestación por jubilación. No obstante, conviene tener en cuenta que la cuantía de la pensión se calcula aplicando el porcentaje de reducción de jornada al importe de la prestación que le correspondería, de acuerdo con los años de cotización que acreditados por el empleado.

Conviene tener en cuenta, que pueden acogerse a este tipo de jubilación los trabajadores por cuenta ajena, integrados en cualquier Régimen de la Seguridad Social. Además, es necesario cumplir con los requisitos exigidos para acceder a una pensión de jubilación contributiva.

Asimismo, cabe destacar que el cobro de la pensión de jubilación parcial es compatible con un trabajo a tiempo parcial en una empresa, anterior o posterior a la solicitud de la jubilación. También es compatible con la pensión de viudedad y la prestación por desempleo.

Jubilación flexible

Este tipo de jubilación también permite combinar el cobro de la prestación con el empleo a tiempo parcial. Entre otros factores, lo que la diferencia de la jubilación a tiempo parcial es que no está fijada una edad mínima para acceder a esta opción.

Teniendo en cuenta que el límite de reducción de jornada se sitúa entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, el jubilado debe realizar una jornada de entre el 75% y el 50% de la jornada de trabajo a tiempo completo.

Pueden solicitar la jubilación flexible todos los Regímenes de la Seguridad Social, salvo los Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

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