Código de buenas prácticas: ¿qué es y quién puede acogerse a él?

Según indica el Banco de España, el Código de Buenas Prácticas (CBO) reúne las medidas a las que puedes recurrir si estás afrontando dificultades para pagar tu hipoteca inmobiliaria

Dos personas cerrando un acuerdo inmobiliario

Dos personas cerrando un acuerdo inmobiliario. Foto: Freepik

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Desde el 2012, el Código de Buenas Prácticas (CBP) se encarga de establecer las medidas que las instituciones financieras deben seguir para brindar asistencia a las familias que afrontan dificultades para cumplir con los pagos hipotecarios, según indica el Banco de España.

Las entidades bancarias que opten por unirse de forma voluntaria al Código están comprometidas a implementar las disposiciones contempladas en él.

Para poder solicitar esta ayuda, es necesario cumplir con ciertos criterios empezando porque la entidad financiera esté adherida al CBP y que la vivienda habitual del deudor sea la garantía del préstamo hipotecario.

Como otras condiciones, se encuentran que el precio de adquisición del inmueble no exceda los 300.000 euros y cumplir unos requisitos económicos específicos (umbral de exclusión).

Esto último incluye que la cuota de la hipoteca represente más del 50% de los ingresos netos familiares al mes y que las ganancias de la unidad familiar (los del deudor y sus convivientes) no superen el límite de 3 veces el IPREM de 14 pagas, que equivale a 25.200 euros brutos anuales.

Cabe agregar que no podrás pedir una reestructuración de la hipoteca si estás en un proceso de ejecución hipotecaria, es decir, si el banco ha tomado posesión de la vivienda por incumplimiento del pago para saldar la deuda.

Soluciones

El Código de Buenas Prácticas permite acceder a tres medidas: previas a la ejecución hipotecaria, complementarias y sustitutivas, de acuerdo con el portal Help my cash.

Respecto al primer grupo, permite reestructurar la hipoteca como reducir el interés, aplicar una carencia de capital por un periodo de tiempo determinado o extender el plazo de devolución. Si bien hay ciertos márgenes, también es posible presentar una propuesta propia de reestructuración, la cual el banco deberá evaluar con carácter obligatorio.

Las medidas complementarias, por otro lado, están destinadas a que el banco te «perdone» una parte de la deuda y, de esta forma, tener cuotas más bajas. Tras enviar tu solicitud, la entidad financiera podrá utilizar uno de los tres métodos establecidos para calcular la cantidad de la quita.

Por último, las medidas sustitutivas te permiten entregar tu vivienda al banco a cambio de pagar tu deuda pendiente, lo que se conoce como la dación en pago. En este caso, la entidad tiene la obligación de aceptar la propuesta y, para efectuarse, tendrás hasta dos años para cumplirla.

Pese a la pérdida del inmueble, puedes acordar con el banco para que puedas seguir viviendo en este por dos años, mientras pagues una tasa de alquiler anual equivalente al 3% de la deuda pendiente. Si al concluir el tiempo, quieres seguir residiendo en el inmueble, deberás conversarlo con el banco.

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