De Caixabank a Santander o BBVA: que día se cobra el paro en octubre
Te explicamos qué día cobrarás el paro este mes de octubre
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), encargado de gestionar la tramitación de la prestación por desempleo y abonarla esta ayuda económica a las personas que la perciben, desembolsa el subsidio a partir del día 10 de cada mes, o si es festivo, el siguiente día hábil.
Por lo tanto, en este mes, se cobrará entre el lunes día 10 y el sábado 15. No obstante, hay que tener en cuenta que el día 12 de octubre se celebra el Día de la Hispanidad, por lo que ese día será el único de esa semana que no se ingresará el paro y pasará al día siguiente.
A pesar de que el SEPE ingrese el paro entre los días 10 y 15 de cada mes, son muchos los bancos que anticipan la fecha para abonar esta ayuda económica. Por ejemplo, entidades financieras como el Banco Santander y Unicaja, suelen adelantar el pago al día 3 de cada mes. De manera que los clientes de estos bancos podrían percibir el subsidio hasta 7 días antes de la fecha en qué el SEPE formaliza el pago. Asimismo, Caixabank lo acostumbra hacer el 4 de cada mes y el Banc Sabadell, BBVA e Ibercaja lo suelen hacer el 7 de cada mes.
¿Cuánto se cobra?
El importe de la ayuda puede variar en función del periodo de cotización y la situación familiar de la persona en situación de desempleo. Así, las cuantías mínimas las cobran los trabajadores desempleados sin cargas familiares y el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y los desempleados con hijos a cargo y un 107% del IPREM. En concreto, cobran 540,41 euros y 722,80 euros, respectivamente.
Sin embargo, las cuantías máximas las cobran los desempleados con dos o más hijos a cargo y un 225% del IPREM, que cobran 1.519,92 euros al mes; los desempleados con un hijo a cargo y un 200% del IPREM, que perciben 1.351,04 al mes; y los desempleados sin hijos a cargo y un 175% del IPREM, que cobran 1.182,16 euros al mes.
La persona interesada en cobrar la prestación por desempleo deberá presentar la solicitud durante los quince días hábiles siguientes al último día trabajado. El trámite se puede llevar a cabo a través de la sede electrónica del SEPE, pero también en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público y por correo administrativo.