Hacienda no podrá sancionar los errores si no demuestra intención de fraude

Un tribunal catalán anula una sanción a una empresa que contabilizó de manera errónea una bonificación del impuesto de sociedades

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Una sentencia que puede cambiar la relación de los ciudadanos con Hacienda: Una decisión del Tribunal Económico-Administrativo de Cataluña da la razón a un empresario que fue sancionado por Hacienda por calcular incorrectamente, aunque de forma , «razonable», una bonificación en el impuesto de sociedades, según adelantó el diario económico Cinco Dias. Por lo tanto, la sentencia indica que los errores no son sancionables “de facto” por Hacienda, que en todo caso debería demostrar la existencia de mala fe por parte del contribuyente.

Eso le sucedió a una empresa catalana que, al realizar la declaración del impuesto sobre sociedades del año 2006, incluyó una bonificación que ascendía a 43.794 euros. Si bien tenía derecho al incentivo, Hacienda consideró que la forma de cálculo del beneficio fiscal era incorrecta.

El departamento de Gestión de la Agencia Tributaria envió una declaración alternativa. Hasta aquí, nada raro. Sin embargo, la regularización incluía una sanción de 2.800 euros por dos motivos. Por dejar de ingresar la cuota tributaria y por reclamar una devolución indebida.

Sin embargo, ahora, el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Cataluña ha anulado la sanción en una sentencia muy crítica con el departamento de Gestión.

La resolución, firmada por el presidente del TEAR catalán, Xavier Suñé, considera que el contribuyente -que obtenía beneficios por el alquiler de vivienda y de locales- calculó de forma «razonable» la bonificación, aunque pudiera resultar incorrecta a ojos de Hacienda.

Economía Digital

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