La fusión AstraZeneca-Bristol Myers amenazada en la UE por «concentración»

Las características de la fusión cumplen con los umbrales que obligan a su revisión y aprobación por parte de la Unión Europea

Unión Europea AstraZeneca Bryan

Edificios de AstraZeneca y Bristol Myers / Realizado con ayuda de IA

La Unión Europea ya hace seguimiento de la posible fusión entre AstraZeneca y Bristol Myers. La Comisión Europea, a través del departamento de Competencia, ha comenzado a analizar, de manera no oficial todavía, el encaje de la operación en el marco del control de concentraciones, ante el riesgo de que la integración dé lugar a un exceso de poder de mercado en áreas clave, principalmente en oncología.

Aunque la operación se encuentra todavía en fase de conversaciones, las características de la fusión cumplen con los umbrales que obligan a su revisión y aprobación por parte de la Unión Europea.

Según la normativa comunitaria, Bruselas puede examinar una fusión cuando, de forma conjunta, las compañías implicadas superan los 5.000 millones de euros de facturación mundial.

Además, al menos dos de ellas deben registrar más de 250 millones de euros de ingresos dentro de la UE, siempre que no concentren la mayor parte de su actividad en un solo Estado miembro. En el caso de AstraZeneca y Bristol Myers Squibb, ambos grupos superan ampliamente estos requisitos.

Así, el volumen de negocio conjunto de ambas compañías, junto con una fuerte implantación de las compañías en varios Estados miembros, permite a Bruselas examinar, condicionar o incluso bloquear fusiones de gran escala.

La posible fusión ha encendido las alertas en Bruselas, debido a la «concentración que se produciría, principalmente, en este segmento».

La gran preocupación de la UE es que tanto AstraZeneca como Bristol Myers Squibb son líderes en áreas como la inmuno-oncología, donde ambas han desarrollado tratamientos innovadores y cuentan con productos líderes.

La integración de sus carteras podría reducir el número de competidores efectivos en estos mercados, un elemento clave en el análisis de competencia.

La normativa de la UE podría paralizar la fusión de AstraZeneca y Bristol Myers

El marco jurídico que rige este tipo de operaciones es el Reglamento (CE) nº 139/2004, una normativa que faculta a la Comisión para intervenir cuando una concentración pueda obstaculizar de forma significativa la competencia en el mercado interior.

En particular, el artículo 2 de este reglamento establece que se evaluará si la operación refuerza una posición dominante o limita la presión competitiva existente. Además, el artículo 8 permite prohibir la fusión si los riesgos no pueden corregirse mediante compromisos.

En el caso de la industria farmacéutica, el análisis adquiere una dimensión adicional. Bruselas no solo evalúa las cuotas de mercado actuales, sino también el impacto en la innovación futura.

La Comisión ha endurecido en los últimos años su enfoque sobre las adquisiciones que podrían eliminar desarrollos potenciales antes de que lleguen al mercado. En este contexto, el solapamiento en líneas de investigación o ensayos clínicos entre ambas compañías podría convertirse en un elemento central del expediente.

El debate se produce en paralelo a la tramitación del marco europeo sobre medicamentos críticos, que busca reforzar la autonomía estratégica del bloque en el suministro de fármacos esenciales.

Las herramientas de la UE

La Comisión dispone de varias herramientas para abordar estos riesgos de concentraciones. En una primera fase, al detectar incompatibilidades -como previsiblemente ocurrirá en este caso- se abrirá una investigación en profundidad, que implica un análisis mucho más detallado de los mercados afectados y suele desembocar en «exigencias de desinversión«.

Los mecanismos más habituales pasan por la venta de activos concretos, como líneas de negocio, medicamentos o derechos de desarrollo, con el objetivo de mantener la competencia en los segmentos más sensibles.

En última instancia, la Comisión Europea puede llegar a vetar una fusión cuando concluye que la operación supondría una restricción significativa de la competencia efectiva en el mercado interior.

Según la normativa de la UE, consultada y analizada por Economía Digital, cuando la CE detecta que una fusión ya se ha llevado a cabo y resulta incompatible con el mercado común, o que se ha ejecutado incumpliendo las condiciones que Bruselas había impuesto para autorizarla, puede intervenir para corregir la situación.

En esos casos, el Ejecutivo comunitario tiene la potestad de obligar a las empresas a deshacer total o parcialmente la operación.

Los rumores sobre una posible fusión entre AstraZeneca y Bristol Myers Squibb han cobrado fuerza en los últimos días tras publicarse que ambas compañías mantienen conversaciones para una operación de en torno a 400.000 millones de dólares.

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