Grupo San José reclama sobrecostes en las obras de la Alta Velocidad de Murcia por las que fue imputado

La constructora de Jacinto Rey pierde en la Audiencia Nacional su demanda por la liquidación del contrato de 50 millones del AVE entre Colada de la Buena Vida y Murcia, obra por la que fue imputada la compañía en un presunto caso de fraude y malversación de fondos públicos

Jacinto Rey, presidente de Grupo San José, con una imagen de las obras de la constructora en el Hotel Ritz en Madrid

Jacinto Rey, presidente de Grupo San José, con una imagen de las obras de la constructora en el Hotel Ritz en Madrid

La ejecución de una obra del AVE en Murcia ha acabado con Grupo San José enredado en los tribunales por partida doble. La mayor constructora gallega por volumen de ingresos resultó adjudicataria en el año 2009 del proyecto de construcción de la plataforma del acceso ferroviario de alta velocidad en el tramo Colada de la Buena Vida-Murcia, un contrato de 48,5 millones. Esta obra fue una de las investigadas seis años después, en 2015, por el Juzgado de Instrucción número 9 de Murcia, en el marco del denominado Caso César, una presunta trama para inflar los costes que habría conseguido desviar 23 millones de fondos públicos.

La jueza Olga Reverte Villar puso el foco en ocho constructoras del AVE entre Crevillente y Murcia que se habían adjudicado algo más de 200 millones en contratos y entre las que estaban nombres tan destacados como Acciona, Dragados (ACS) o Sacyr, además de la compañía pontevedresa. En 2018 las imputó a todas, incluida San José, por las presuntas facturas infladas y bajo la sospecha de posibles delitos de estafa y falsedad documental.

Además de los consiguientes dolores de cabeza y de una larga lista de cargos procesados, la causa penal provocó para San José un segundo procedimiento judicial por el pago de las obras investigadas. La constructora de Jacinto Rey acudió a la Audiencia Nacional por las discrepancias con el gestor de la red ferroviaria respecto a la liquidación del contrato, exigiéndole además los sobrecostes ocasionados por la demora en la aprobación del CFO (certificado final de obra), que la obligaron a mantener las garantías más allá de los plazos aplicables. La Sala de lo Contencioso dictaminó el pasado 24 de septiembre que no había caso, que la compañía gallega no tenía derecho a tal resarcimiento, desestimando su recurso en una sentencia que todavía es recurrible en casación.

El choque está estrechamente vinculado al proceso penal, pues Adif decidió encargar auditorías de las obras que estaban siendo investigadas en el Caso César, y las nuevas valoraciones rebajaron el importe de la liquidación que debía recibir San José. Como quedó claro, la constructora no está de acuerdo con esa rebaja y optó por añadir un litigio más a la desventurada plataforma de alta velocidad de Murcia.

Las auditorías de Adif

Adif cursó una propuesta inicial para liquidar las obras de 47,7 millones para el contrato principal y de 7 millones para el proyecto complementario, ya que hubo una modificación durante el desarrollo de las actuaciones. San José estuvo de acuerdo con esas cifras, pero el organismo público prefirió realizar una nueva auditoría, teniendo en cuenta el proceso penal que pesaba sobre el tramo y en el que estaba siendo investigado personal de la compañía, así como el director de obra y técnicos de la empresa de asistencia y control Intemac. Según recoge la sentencia de la Audiencia Nacional, adjudicó a la UTE formada por Peyco, Serinco y SGS Tecnos el análisis mediante una declaración de urgencia «al tratarse de expedientes relacionados con otros que se encuentran actualmente judicializados o en proceso de auditoría». La nueva valoración rebajó la liquidación a 45,9 millones y 6,4 millones, es decir, 2,4 millones menos.

A partir de aquí, todo fueron discrepancias entre Adif y San José, que se mostró disconforme y presentó alegaciones. La entidad pública, entonces bajo el mando de la también imputada —aunque por el caso Koldo— Isabel Pardo de Vera, encargó un peritaje de la auditoría de Peyco, del que se encargó la empresa Audiwork, para ver si con una tercera visión se podían acercar posturas. Este nuevo trabajó validó básicamente la auditoría previa, aunque elevando ligeramente las cifras a 46,3 millones para el contrato principal y a 6,5 millones el complementario. Este fue el importe que aprobó definitivamente Adif y que acabó llevando a la Audiencia Nacional la constructora gallega para tratar de tumbarlo.

La reclamación de San José

El grupo de Jacinto Rey solicitó dos cosas. En primer lugar, que se volviera a la liquidación inicial, más elevada, achacando «que la CFO del contrato no valora correctamente la totalidad de los trabajos objeto del mismo». Por otro lado, sostiene que ha incurrido en sobrecostes derivados del «mantenimiento, más allá del tiempo fijado contractualmente», del cumplimiento de ciertas obligaciones contractuales, refiriéndose a las garantías de las obras. Fija en algo más de 91.000 euros esos sobrecostes, con origen en un «incumplimiento contractual» de Adif. En el fondo del asunto, San José sostiene que la existencia de la causa penal «no tiene incidencia en el contrato», por lo que las posteriores mediciones realizadas carecen de justificación, pidiendo a la Sala de lo Contencioso que otorgue prevalencia a la primera liquidación.

Los magistrados de la Audiencia Nacional no lo vieron de la misma manera. Consideraron perfectamente justificado que Adif emprendiese una auditoría de las obras teniendo en cuenta la investigación penal que pesa sobre ellas y valora, además, que sometiese a contradicción el informe de Peyco con un segundo peritaje. «Se rechaza la denunciada infracción de los principios de buena fe, confianza legítima y lealtad institucional; concluyendo que la demandada no ha incurrido en comportamientos que deban considerarse injustificados por consistir en la realización de actos posteriores contradictorios en su significación y eficacia jurídica con los primeros, pues, la actuación de la demandada completó la actuación previa con la finalidad de cumplir con objetividad los intereses generales», dice la sentencia.

Finalmente, también desestima la demanda de sobrecostes, al considerarla «una petición improcedente, por cuanto se están solicitando sobrecostes por demora basada en una reclamación extracontractual ajena al cumplimiento de la obligación de liquidación». Y añade que «la contratista reclama unos sobrecostes, ajenos a la ejecución material de la obra, debido a la tardanza que considera injustificada en la tramitación del expediente de liquidación del contrato, obviando el motivo por el que se demoró la aprobación de la CFO».

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