El Supremo rechaza el recurso de Xunta y Norvento contra la paralización cautelar de un parque eólico
Según Amil Sen Eólicos, el Alto Tribunal ha inadmitido a trámite el recurso de casación contra el auto del TSXG que ordenó la paralización de obras para el parque eólico Acibal
El Tribunal Supremo ha acordado inadmitir a trámite el recurso de casación interpuesto por la Xunta contra el auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ordenó la paralización cautelar de las obras del parque eólico Acibal a instancia del colectivo ecologista Adega, según informa Amil Sen Eólicos.
La inadmisión se produce por falta de fundamentación suficiente y ausencia de interés casacional objetivo, según destaca esta asociación en una nota.
En concreto, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Supremo, en una providencia con fecha del pasado 11 de marzo, considera que la Xunta no justificó que el caso tenga relevancia general ni cumple los requisitos para ser revisado en casación. De este modo, se mantiene la paralización de las obras y se imponen 1.000 euros en costas a la Xunta.
Restos arqueológicos
Por su parte, Amil Sen Eólicos recuerda que «el conflicto tiene su origen en la aparición, en el transcurso de las obras, de numerosos restos arqueológicos en el Monte Acibal (incluyendo petroglifos y otros elementos de alto valor patrimonial) que no habían sido debidamente identificados ni evaluados durante la tramitación ambiental y patrimonial del proyecto».