Ultimátum de la DGT a estos conductores: tienen prohibido volver a la carretera

La Dirección General de Tráfico (DGT) detalla que existen algunas enfermedades incompatibles con la conducción

La DGT advierte: estos conductores no podrán usar el coche durante algunos meses. Foto: Canvas

La DGT advierte: estos conductores no podrán usar el coche durante algunos meses. Foto: Canvas

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Para ponerse al volante, los conductores han de tener unas capacidades mínimas, tanto a nivel perceptivo, como cognitivo y motor. Dado que para conducir es indispensable percibir y procesar los estímulos que se reciben para dar la respuesta necesaria, algunas enfermedades son incompatibles con la conducción.

Así lo especifica la Dirección General de Tráfico (DGT), que pone como ejemplo las patologías relacionadas con la atención y la memoria. «Al conducir necesitamos atender a varios estímulos al tiempo, prestar atención a los importantes, obviar el resto y mantener esa atención un tiempo determinado», subraya el organismo.

Un tercio de los accidentes en la UE involucraron a mayores de 65 años. Foto Prostooleh-Freepik

Sin embargo, también indica que la «alteración o deterioro de una capacidad se puede compensar o sustituir por otra, así como por adaptaciones en el vehículo o limitaciones en la conducción».

Las enfermedades progresivas, así como las relacionadas con la atención y la memoria no son compatibles con la conducción

Tampoco son compatibles con la conducción las enfermedades progresivas. En este sentido, el organismo hace hincapié en la importancia de que el conductor vaya adaptando sus hábitos de conducción a las nuevas condiciones psicofísicas.

Con todo, deja bien claro que habrá de dejar de conducir cuando no pueda compensar las capacidades deterioradas y la conducción suponga un riesgo tanto para él como para el resto de conductores.

¿Cuáles son los conductores que no podrán volver a la carretera?

Entre los conductores que sufren alguna patología, unos de los que tienen que poner especial atención son los que tienen un marcapasos. El Reglamento General de Conductores establece que no se podrá conducir con un marcapasos con ningún permiso.

Sin embargo, si ha pasado un mes desde la operación y se dispone de alguno de los carnets de conducir del grupo 01 (AM A1, A2, A, B, B + E y LCC) será posible volver a ponerse al volante, siempre y cuando se cuente con un informe favorable de un especialista en cardiología.

De la misma manera, si se cuenta con este documento, los conductores con un permiso de conducir del grupo 02 (BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D, D + E) podrán llevar el coche tres meses después de la operación.

Economía Digital

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