Si conduces este verano con este accesorio podrías ser multado

Los artículos 17.1 y 18.1 del Reglamento General de Circulación son claves para determinar si es posible conducir en chanclas en verano

La Guardia Civil aclara si te pueden multar por conducir con chanclas. Imagen: Freepik.

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Las altas temperaturas de los últimos días han llenado las playas del país. Algunos afortunados tienen la suerte de vivir a pocos metros de la playa; sin embargo, otros se tienen que desplazar hacia las zonas costeras más cercanas para intentar sobrellevar las olas de calor.

Si eres de los que tiene que coger el coche para ir a la playa, es posible que te preguntes si, la Dirección General de Tráfico (DGT) puede ponerte una sanción por conducir con chanclas o si se trata de un mito. Te aclaramos las dudas.

¿Te pueden multar por conducir con chanclas?

Primero, hay que diferenciar entre lo que marca el Reglamento General de Circulación y las interpretaciones que pueden hacer los agentes de la Guardia Civil o la Policía. Dicho reglamento no especifica ninguna sanción por conducir con chanclas en verano, pero hay que tener en cuenta los artículos que hacen referencia a la libertad de movimientos del conductor para garantizar la seguridad en el vehículo.

Un agente te puede multar con 80 euros si conduces con chanclas. Imagen: Pixabay.

«No está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos«, advierte la Guardia Civil a través de su cuenta oficial de Twitter.

La clave está en los artículos 17.1 y 18.1 del reglamento. El primero, específica «los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo«. El segundo, indica que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». 

Además, a estos dos artículos del reglamento, hay que tener en cuenta la interpretación de los agentes. Si el guarda tiene una interpretación estricta del reglamento, podría considerar que conducir con chanclas -al ser un calzado que no va sujeto al pie- puede suponer un riesgo al volante y podría imponer una multa de 80 a 200 euros.

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