En las próximas elecciones subirán las dietas por ser parte de una mesa electoral, 75 euros

La dieta será percibida por cada uno de los titulares de la mesa electoral, el presidente y dos vocales

(Foto de ARCHIVO) Detalle de una mesa electoral, a 9 de junio de 2024, en Sevilla (Andalucía, España). Hoy tienen lugar las elecciones europeas de 2024 en España. Más de 38 millones de españoles están llamados a pasar por las urnas en unos comicios en los que se eligen a 61 eurodiputados al Parlamento Europeo. El partido político más numeroso es el Partido Popular Europeo, con 177 parlamentarios, seguido del Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas (143), mientras que el más pequeño es el grupo de la Izquierda, con 37 representantes. Joaquin Corchero / Europa Press 09/6/2024

Detalle de una mesa electoral. Foto: Joaquin Corchero / Europa Press.

Las personas que formen parte de una mesa electoral en las próximas elecciones cobrarán un importe mayor a quienes lo hicieron en los comicios pasados. El motivo no es otro que la actualización del importe que cobran los presidentes y vocales de las mesas electorales, que ha escalado desde los 70 euros hasta los 75 euros, tras años congelado.

Así se desprende de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se recoge el incremento de cinco euros para todas aquellas personas que sean designadas para presidir o ocupar la vocalía de una mesa electoral en cualquier elección, consulta o referéndum que se convoque a partir de ahora.

Concretamente, la dieta será percibida por cada uno de los titulares de la mesa electoral, el presidente y dos vocales. El importe se percibirá por jornada electoral, especifica la orden ministerial publicada en el BOE, a pesar de que en un mismo día se puedan celebrar diversos procesos electorales.

Quién podrá cobrar las dietas en las próximas elecciones

Únicamente tendrán derecho a cobrar la dieta las personas que ostenten la condición de titular. Consecuentemente, los suplentes, que deben acudir a la constitución de las mesas electorales, únicamente cobrarán las dietas si finalmente adquieren la condición de titulares.

El BOE también concreta que el derecho a la dieta lo será en su importe íntegro, con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.

Facilitar la gestión de pagos

La normativa que regula las mesas electorales es la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), que estipular que las mesas electorales están conformadas por un presidente y dos vocales y que sus dietas deben regularse por orden ministerial. Hasta la fecha el importe que cobraban las personas que formaban parte de una mesa electoral se situaba en los 70 euros.

No obstante, la Orden INT/212/2023, de 1 de marzo, que regula la dieta de los miembros de las mesas electorales, indicaba que posteriores actualizaciones debían realizarse mediante orden.

«Hasta esa fecha las dietas de los miembros de mesas electorales se actualizaban en la misma medida que las retribuciones de los empleados públicos, si bien este sistema dificultaba considerablemente la gestión de los pagos, fundamentalmente en los casos, aun mayoritarios, en que se llevan a cabo en efectivo», destaca la publicación para justificar el redondeo del importe de la dieta para facilitar los pagos.

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