Cambios en el supermercado: el Gobierno prohíbe colocar las bebidas energéticas al lado de los refrescos
La nueva regulación impulsada por el Ministerio de Consumo busca los medios para limitar el consumo de bebidas energéticas con altas dosis de cafeína en menores de 16 años
Archivo – Una persona hace la compra en un supermercado
El Gobierno de España sigue dando pasos adelante en su cruzada por la regulación de las bebidas energéticas. Recientemente se dio a conocer la nueva regulación impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que tenía como fin principal la modificación de las condiciones de venta de estos productos, teniendo un punto clave: su prohibición a menores de 16 años.
Sin embargo, las medidas emprendidas por el Gobierno de la mano de esta nueva regulación van varios pasos más allá del simple hecho de impedir que cualquier comercio venda este tipo de productos a menores de 16 años. Y es que entre sus otras medidas, la ubicación en los lineales de los supermercados también trae consigo una gran modificación que, de no ser cumplida, puede acarrear grandes sanciones económicas.
El Gobierno apuesta por una nueva distribución de las bebidas energéticas en los supermercados
Y es que más allá de la edad de consumo, factor principal de este hecho, otro de los aspectos clave de la nueva regulación es la modificación en la forma en que las bebidas energéticas se exhiben en los puntos de venta. Y según ha explicado el Ministerio de Consumo a través de su portal oficial, estos productos deberán colocarse en espacios diferenciados dentro de supermercados y tiendas, evitando que se sitúen junto a los refrescos convencionales.
Una medida que tiene un objetivo claro: reducir el acceso impulsivo de los menores a este tipo de bebidas, además de reforzar el control por parte de los establecimientos, ya que este nuevo modelo implica tratar las bebidas energéticas de manera similar a productos regulados como el alcohol o el tabaco, al menos en lo que respecta a su venta y exposición en los comercios.
El fin principal de esta medida, a su vez, también es muy evidente: incrementar la concienciación sobre los posibles efectos de estas bebidas en la salud, especialmente entre los consumidores más jóvenes, un grupo de personas que, salvando excepciones y a un nivel general, no conoce del todo las consecuencias del consumo excesivo de estas bebidas.
Una serie de medidas que, además, pueden ser modificadas más adelante, pues el ministro, Pablo Bustinduy, que impulsó la prohibición de vender bebidas energéticas a menores de 16 años, contempla además ampliar esta limitación hasta los menores de 18 años en el caso de productos que superen los 32 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros.
Con esta iniciativa, el Gobierno pretende equiparar el tratamiento de estas bebidas al de otras sustancias consideradas potencialmente perjudiciales para la salud de los menores, como podría ser, sin ir más lejos, en alcohol. En este sentido, el propio ministro ha defendido que existe “un consenso amplísimo” sobre la necesidad de establecer límites al consumo de estas bebidas.
El Ejecutivo argumenta todos sus pasos precisamente en este amplio consenso social sobre la necesidad de regular su consumo en edades tempranas, ya que su elevado contenido en cafeína y otros estimulantes puede provocar alteraciones del sueño, problemas cardiovasculares o cambios en el comportamiento.
Las obligaciones de los establecimientos y las multas si no se cumplen las órdenes
Más allá de ello, esta regulación también introduce un sistema de sanciones para quienes incumplan las nuevas normas. En el caso de Galicia, donde la normativa ya se aplica desde este sábado, los establecimientos deben cumplir con la obligación de separar las bebidas energéticas de los refrescos tradicionales y evitar su venta a menores de edad, con una serie de sanciones económicas en caso de no cumplirlo.
Unas sanciones respecto a las que el régimen sancionador contempla multas de entre 200 y 3.000 euros en caso de infracciones leves. Por ejemplo, estar consumiendo una bebida energética en la vía pública o llevarla en la mochila sin tener la edad mínima establecida puede considerarse una infracción sancionable.
Y en el peor de los casos, si las infracciones se repiten o se produce la venta o suministro de bebidas energéticas a menores, las sanciones pueden calificarse como graves, con multas que pueden alcanzar los 15.000 euros. Por ello, al igual que ocurre con otras regulaciones, la correcta aplicación de la norma en los establecimientos resulta fundamental para evitar sanciones económicas.
Un sistema que ya ha comenzado a ponerse en marcha en España, siendo pionera Galicia al convertirse en la primera región española en aplicar esta regulación, que entró en vigor el 7 de marzo, y que marcará el camino para que el resto de comunidades vayan adoptando estas medidas también de forma paulatina.
La normativa también incluye la prohibición de vender vapeadores a menores, situando estas restricciones en un marco similar al que ya existe para productos como el alcohol o el tabaco. Una serie de normas con las que España avanza hacia un modelo regulatorio similar al adoptado en otros países europeos, donde el acceso de los menores a bebidas energéticas ya ha sido limitado debido a su potencial impacto en la salud.