Afectados por el incendio del edificio de Valencia recurren la negativa del juez a reabrir la causa
Las partes personadas en el proceso, más de 60, comienzan a decidir si sumarse al recurso del abogado de la familia que falleció en el complejo residencial del barrio de Campanar
Propietarios e inquilinos del edificio que se calcinó en el barrio de Campanar de Valencia el pasado 22 de febrero y en el que fallecieron diez personas han recurrido la decisión del juez que investiga estos hechos de mantener el sobreseimiento provisional de la causa hasta que reciba el informe policial definitivo.
Los vecinos estaban a la espera de estudiar el auto en el que el magistrado toma y argumenta esta decisión para tomar una decisión en consecuencia, según contó la pasada semana Economía Digital.
La comunidad de propietarios Poeta Rafael Alberti había solicitado la reapertura de las diligencias previas para la averiguación de los hechos y de las personas responsables y su personación como acusación particular en la causa. Cuando reciban el auto del titular del Juzgado de Instrucción 9 de Valencia, sus representantes legales «verán qué pasos dar», según han señalado a Economía Digital fuentes personadas en la causa.
Además, habían presentado una denuncia un presunto delito de daños por imprudencia grave, en referencia a las posibles negligencias de los agentes de la edificación –la promotora de este edificio fue FBEX Promo Inmobiliaria– que acabó completamente calcinada y que «pudieron ser claves en la propagación y consecuencias del incendio acaecido el pasado 22 de febrero en dicho edificio», exponían.
Ahora, tras la negativa del instructor a reabrir, de momento, la causa, algunas de las más de 60 partes (entre personas físicas y jurídicas) personadas en la causa han optado por recurrir la causa.
En concreto, según explican partes personadas en el procedimiento, el recurso de apelación contra el auto que mantiene el sobreseimiento provisional fue admitido a trámite de forma automática en la propia resolución, ya que el recurrente ya lo interpuso de forma subsidiaria cuando formuló su recurso inicial. La parte que lidera el recurso, según han explicado fuentes del proceso a Economía Digital, es la representación de la familia que falleció en el incendio.
A partir de este recurso, las más de 60 partes deben decidir si adherirse o no a este. Es el caso de la representación legal de la Asociación Residentes Damnificados Incendio de Campanar (Ardic), que representa a propietarios e inquilinos del edificio calcinado, y que ha decidido unirse a este recurso, según han confirmado a este diario.
Desde esta asociación explican a este diario que se adhieren al recurso ya presentado porque «no hay disparidad de criterios entre las acusaciones». «Todas vemos que hay indicios que no permiten establecer la conclusión de que los hechos no tengan relevancia penal«, apuntan.
«El archivo está basado en la inexistencia de hechos o, también, en la inexistencia de indicios racionales de criminalidad. En cualquier caso, tiene que ser una resolución motivada (que no exhaustiva) en la que se indique cuál es el pensamiento (sustentado en algo) que lleva al juez a archivar. La falta de motivación es evidente en este caso, porque no se puede archivar un hecho como el incendio cuando aún está pendiente el informe de policía científica y de lo único que disponía el juez era de un informe (ni siquiera pericial) de media cara de folio», argumentan.
Sin embargo, oídos estos argumentos, el juez emitió un auto este martes en el que acuerda mantener el sobreseimiento provisional de la investigación abierta por el incendio registrado en un edificio residencial del barrio de Campanar hasta recibir el informe policial que debe determinar el origen y las causas exactas del fuego.
El auto recurrido del juez
El titular del Juzgado de Instrucción 9 de Valencia desestimó en el auto que ahora es objeto de apelación el recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del pariente directo de cuatro miembros de una misma familia fallecidos en el siniestro, al que se adhirieron parcial o totalmente otras partes.
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El instructor decretó el sobreseimiento provisional de estas diligencias previas el pasado 8 de marzo, tras recibir un oficio policial en el que descartaba expresamente la “etiología criminal o delictiva” del incendio.
En el citado auto, el titular del Juzgado asegura que las alegaciones expuestas en el recurso de reforma “no desvirtúan la legalidad de la resolución impugnada”.
El magistrado recuerda que la investigación no ha finalizado definitivamente, sino que ésta “sigue su curso con el fin de desvelar el origen y causa del incendio”.
En este sentido, explica que está a la espera del informe final que está elaborando la Policía Científica, que ha requerido al grupo policial y que espera sea remitido “con la mayor celeridad posible”.