El Supremo da un nuevo revés a la Generalitat sobre la privatización de ATLL

El Alto Tribunal recuerda de nuevo al Govern de Artur Mas que debe resolver el contrato que adjudicó a Acciona como concesionaria de las aguas catalanas

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La Generalitat encaja una nueva derrota en la guerra del agua.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el consejero de Economia, Andreu Mas-Colell, en el que pedía al máximo tribunal de España no aplicar las medidas cautelares dictadas por el Tribunal de Contratos del Sector Público Catalán (ex Oarcc) y ratificadas por el TSJC primero y el Supremo después. La administración autonómica catalana ha sido incluso condenada a las costas del proceso por el Alto Tribunal, que ascienden a 6.000 euros.

El Govern de Artur Mas, único culpable

El auto escrito por Vicente Conde Martín de Hijas, ponente del recurso que ha deliberado la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, es especialmente duro con los argumentos que ha usado el Ejecutivo catalán para mantener a Acciona al frente de ATLL. El máximo tribunal señala como al Govern de Artur Mas como único culpable de la guerra del agua, en línea con la primera resolución del Supremo sobre este conflicto.

Los magistrados afirman que la consejería de Territori i Sostenibilitat decidió el 27 de diciembre de 2012 formalizar el contrato «antes de que se hubiese dictado resolución en el recurso especial y cuando aún no había transcurrido el plazo legal para dictarla». En ese momento, estaba encabezada por Lluís Recoder, hoy abogado en la consultora KPMG.

El rival de Acciona en la licitación, Aguas de Barcelona (Agbar), ya había recurrido en ese momento la concesión mediante la presentación de un recurso ante la institución que se encarga de resolver los conflictos en las licitaciones de todas las administraciones públicas de Cataluña, el entonces Oarcc. El Supremo recuerda que las resoluciones del órgano presidido por Juan Antonio Gallo tienen carácter vinculante y que está amparado en la legislación europea.

Dura crítica: «Actitud de la Administración difícilmente explicable»

Incluso censura a Mas-Colell por firmar un recurso en el que argumenta que la resolución del contrato elevaría el déficit público de 2012 en un -0,51% y lo situaría en el -2,46%, muy lejos del objetivo límite marcado para ese ejercicio, que era del 1,5%. El Ejecutivo catalán argumenta ante el Alto Tribunal que la desconsolidación también tendría consecuencias negativas en los «presupuestos de los años ulteriores» tanto para «la Generalitat de Cataluña como para el Estado español respecto a sus obligaciones con la Unión Europea».

El fallo del Supremo no da lugar a dobles interpretaciones: «Todo el perjuicio económico que en este punto nos ocupa deriva de una actitud de la Administración difícilmente explicable, y no explicada en términos convincentes en el recurso, al formalizar el contrato en un momento en que era inminente la decisión del recurso especial ante el Oarcc y cuando no había transcurrido aún el plazo para dictarla».

El Supremo tacha de «ilegal» la actitud del Govern

Los magistrados indican que «todo lo que acabamos de razonar con referencia a la desconsolidación del déficit es igualmente referible al resto de perjuicios económicos aducidos».

En cuanto al posible perjuicio a los trabajadores, el Supremo reconoce que la resolución del contrato de ATLL podría provocarlos, pero también responsabiliza al Ejecutivo catalán de los que pudieran llegar a producirse. «No tienen entidad suficiente para poder justificar, para evitarlo, la ejecución del contrato anulado, sin esperar a la resolución judicial; lo que supondría legitimar la situación de ilegalidad imputable de partida a la Administración», indica la resolución.

Resolución sin posibilidad de recurso

El Govern de Artur Mas no tiene más margen de maniobra tras esta resolución. Además de desestimar el recurso y obligarle a pagar las costas, el Supremo deja claro que no es «necesario detenernos en el rechazo de la argumentación del último capitulo de la oposición, en el que el planteamiento de inadmisibilidad del recurso, una vez que se han enjuiciado y desestimado los motivos de este, carece ya de sentido».

Mas está obligado a resolver el contrato con Acciona.

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