Apple gana la batalla a Bruselas y evita una multa de 13.000 millones

El Tribunal General falla a favor de la multinacional estadounidense y estipula que no tendrá que devolver el pago de la multa por eludir impuestos

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Apple ha ganado un nuevo asalto en el litigio que le requería el pago de 13.000 millones de euros más intereses a Irlanda por impuestos no abonados entre 2003 y 2014. El Tribunal General de la Unión Europea ha anunciado este miércoles que anula la obligación que establecía la Comisión Europea, liberando a la multinacional estadounidense del pago de la millonaria multa. 

Bruselas había tomado esta determinación en 2016 al considerar que Apple se había beneficiado de las ventajas fiscales ilegales durante esos nueve años. No obstante, la sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). 

El Tribunal General señala en el auto que la CE no demostró suficiente solidez desde el punto de vista jurídico al señalar que Irlanda otorgó una ventaja fiscal a Apple frente a otras compañías a través de una reducción de impuestos.

Bruselas se remitió a dos pactos alcanzados por la multinacional con el Gobierno irlandés en 1991 y 2007, que le permitieron «reducir sustancialmente y de forma aritficial» el pago de esos impuestos, llegando a tener una tasa efectiva del 0,005%.

Esto se traduce, según los cálculos de Bruselas, en 13.000 millones de euros más otros 1.200 millones en concepto de intereses; una cantidad que Irlanda recuperó en 2018 a pesar de los recursos del Consistorio de Dublín -que actuaría en la concesión de los beneficios fiscales- y de la propia Apple. 

Bruselas cree que Apple desviaba los beneficios

Según la CE, la multinacional operaba en Europa a través de las sociedades Apple Operationes Europe (AOE) y Apple Sales International (ASI), ambas radicadas en Irlanda.

La investigación señala que Apple desviaba los beneficios en varias regiones -además de Europa, Oriente Medio, África e India- a través de ASI, que a su vez fragmentaba los beneficios y los ubicaba en una «sede social» sin ubicación en ningún país, ni empleados ni oficinas. Esto le permitía dejar la mayor parte de beneficios libres de tasas. 

El Tribunal General, no obstante, considera en su auto que Bruselas «se equivocó» al señalar que ASI y AOE habían «recibido una ventaja económica selectiva y, por extensión, ayuda del Estado». 

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp