Buenas noticias para los autónomos: Hacienda anuncia novedades para las facturas

Los trabajadores por cuenta propia podrán emitir y recibir facturas electrónicas sin costo alguno y controlar la morosidad con la nueva solución de la AEAT

Revolución en la facturación para autónomos: Hacienda lanza plataforma pública gratuita. Foto: Envato

Revolución en la facturación para autónomos: Hacienda lanza plataforma pública gratuita. Foto: Envato

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El Gobierno ha dado un paso significativo para apoyar a los trabajadores autónomos al anunciar una serie de novedades que revolucionarán la forma en que gestionan sus facturas. La Agencia Española de la Administración Tributaria (AEAT) ha presentado una iniciativa pionera que permitirá a los autónomos cumplir con la futura obligación de facturar electrónicamente sin coste alguno y, al mismo tiempo, tener un mayor control sobre sus operaciones comerciales.

La novedad más destacada es la creación de una plataforma pública gratuita que permitirá a los autónomos emitir y recibir facturas electrónicas sin tener que pagar por ello. Esta solución, que será gestionada por la AEAT, se convertirá en el aliado perfecto para que los trabajadores por cuenta propia cumplan con la próxima obligación de facturar a través de medios electrónicos, tal y como refleja el reglamento que se encuentra actualmente en consulta pública desde el pasado mes de junio.

Cómo funciona

La plataforma pública será una herramienta ágil y sencilla que centralizará todas las operaciones de facturación electrónica de los autónomos, ofreciéndoles un repositorio universal de facturas accesible desde una página web específica. Además, este sistema también brindará la posibilidad de poner las facturas «a disposición de las contrapartes -es decir, del receptor- y de la Administración Pública», facilitando así la transparencia y agilidad en las transacciones comerciales.

El Gobierno pondrá en marcha una solución gratuita para que los autónomos emitan y reciban facturas electrónicas. Foto: Envato
El Gobierno pondrá en marcha una solución gratuita para que los autónomos emitan y reciban facturas electrónicas. Foto: Envato

Esta iniciativa no solo ofrece a los autónomos la opción de utilizar la plataforma pública gratuita, sino que también les permitirá seguir utilizando programas de facturación privados si así lo desean. Sin embargo, cualquier factura emitida con estos programas deberá ser enviada a la solución pública de la AEAT en el formato Facturae, lo que permitirá un control más exhaustivo sobre los pagos y cobros realizados entre empresas privadas.

La plataforma pública también servirá como herramienta para controlar la morosidad en el sector privado. La Agencia Tributaria extraerá información estadística de las facturas electrónicas remitidas al sistema público de facturación electrónica y, a través del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, se publicará anualmente un listado de empresas que hayan incumplido los plazos de pago. Aquellas empresas que se encuentren en esta lista podrían enfrentar sanciones y perder el derecho a acceder a subvenciones o concursos públicos.

Además, para garantizar un adecuado cumplimiento de la normativa, los autónomos que utilicen la plataforma pública deberán informar a la Agencia Tributaria del estado de recepción o pago de las facturas en un plazo máximo de cuatro días naturales.

Plazos y requisitos

  1. Recepción de la factura: Si un autónomo recibe una factura electrónica un lunes, debe informar a la Agencia Tributaria sobre su recepción antes del viernes de la misma semana.
  2. Pago de la factura: Si el autónomo realiza el pago de la factura electrónica el viernes, debe comunicar a la Agencia Tributaria que se ha realizado el pago antes del jueves siguiente, indicando la fecha del pago.

Las nuevas facturas electrónicas deben incluir un campo para informar el estado de la factura y su fecha. Los destinatarios (clientes) deben incluir la siguiente información en este campo:

  • Aceptación o rechazo comercial de la factura y su fecha.
  • Pago efectivo completo de la factura y su fecha.

Además, también se pueden informar de los siguientes estados adicionales:

  • Aceptación o rechazo comercial parcial de la factura y su fecha.
  • Pago parcial de la factura, indicando el importe pagado y su fecha.
  • Cesión de la factura a un tercero para su cobro o pago, con identificación del cesionario y la fecha de cesión.
Economía Digital

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