Cómo cobrar la ayuda de 500 euros si eres madre menor de esta edad

Te explicamos cómo puedes ganar 500 euros al mes si tienes hijos y menos de 30 años

Mujer embarazada. Imagen: Pixabay.

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Desde enero de 2022, las madres y padres menores de 30 años de la Comunidad de Madrid podrán solicitar una ayuda de 500 euros mensuales desde el quinto mes de embarazo hasta que el hijo cumpla 2 años.

El Gobierno madrileño ha impulsado estas ayudas destinadas a la gestión, adopción o nacimiento de un hijo con el fin de apoyar a los padres y como un método de impulso a la natalidad en la región. Para ello, Madrid cuenta con un presupuesto de 5.000 millones de euros para llevar este tipo de políticas.

Quién puede recibir la ayuda

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas menores de 30 años que (a la fecha de presentación de la solicitud) que se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

  • Gestantes desde la semana 21 de gestación.
  • Madres que hayan tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple.
  • Personas que hayan adoptado un menor.

Requisitos

Desde la plataforma web de la Comunidad de Madrid, detallan cuáles son los requisitos para poder percibir esta prestación económica destinada a la familia:

  • Residir en España.
  • Tener 30 años o menos.
  • Estar empadronado en algún municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud y al menos durante cinco años.
  • No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta.
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas.

La solicitud puede realizarse en cualquier Oficina de Registro  a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado, teniéndose en cuenta que se tomará como fecha de su solicitud la que consta en registro. 

Ayuda por madre trabajadora
En la imagen, una mujer con un bebé. | PxHere

Asimismo, en el caso de disponer de Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, el trámite puede realizarse en el Registro Telemático de la Comunidad de Madrid.

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