Estos son los contribuyentes que no están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2025

Los contribuyentes que cumplan algunos requisitos fijados por las autoridades fiscales están exentos de presentar la Renta 2025

Los contribuyentes que cumplen los requisitos fijados por la Agencia Tributaria se verán obligados a presentar la declaración de la Renta 2025 en tan solo unas semanas. Ante el trámite, acostumbran a surgir una multitud de dudas, dado que cada ejercicio fiscal suele venir cargado de un conjunto de novedades.

Conocer los plazos y procedimientos para rendir cuentas con el fisco es clave para evitar errores y cumplir con las obligaciones tributarias de forma eficiente, pero también para aprovechar las deducciones disponibles.

Quién se libra de presentar la Declaración de la Renta

Los contribuyentes que dispongan de unos ingresos inferiores a 22.000 euros anuales de un único pagador no deberán presentar la Renta 2025, ni tampoco quienes perciban menos de 15.876 euros anuales cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las rentas a partir del segundo pagador no exceda los 1.500 euros.

Sin embargo, deberán presentar la declaración de la Renta 2025 los contribuyentes que tengan intención de hacerse con la devolución correspondiente por las deducciones por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

También se encontrarán en la obligación de trasladar el borrador quienes quieran beneficiarse de la deducción por doble imposición internacional, por adquisición de vivienda o por aportaciones a patrimonios protegidos.

Por su parte, los contribuyentes que perciban el ingreso mínimo vital, así como los beneficiarios que formen parte de su unidad de convivencia, deberán presentar la declaración de la Renta 2025.

Cuáles son los plazos de la Renta 2025

Las fechas para realizar la Declaración de la Renta varían en función de la modalidad elegida, tal y como se desprende del calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • Por internet: del 8 de abril al 30 de junio.
  • Por teléfono: del 6 de mayo al 30 de junio.
  • Presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria: del 1 de junio al 30 de junio.

La campaña de la Renta 2025 arranca el 8 de abril y concluye el próximo 30 de junio

Un factor a tener en cuenta es que para llevar a cabo el trámite telefónicamente o presencialmente es imprescindible concertar cita previa a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o bien, llamar a alguno de los números de teléfono que figuran a continuación:

  • 91 535 73 26
  • 901 12 12 24
  • 91 553 00 71
  • 901 22 33 44

Consultar el borrador

Los datos fiscales y el borrador de la Renta 2025 se pueden consultar a lo largo de la campaña en la sede electrónica o la aplicación de la Agencia Tributaria tras acreditar la identidad a través del certificado y DNI electrónico, el sistema Cl@ve móvil o el número de referencia.

Archivo - Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria. Renta 2025.
Cuando la Renta sale a pagar, implica que se ha desembolsado menos de lo debido en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a lo largo del año. Foto: Europa Press.

En caso de que la declaración de la Renta 2025 salga a pagar, lo que implica que se ha desembolsado menos de lo debido en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a lo largo del año, la Agencia Tributaria pone a disposición los siguientes medios de pago para ingresar la cuota tributaria:

  • Domiciliación bancaria.
  • Pago mediante cargo en cuenta bancaria.
  • Número de referencia completo (NRC)
  • Tarjeta de débito o crédito
  • Transferencia instantánea
  • Documento de ingreso

En contraposición, si sale devolver, lo que supone que el contribuyente ha pagado más IRPF del que le correspondía, el fisco devuelve el dinero de a través de una transferencia bancaria a la cuenta indicada al presentar la declaración, si bien en casos excepcionales se puede formalizar la operación a través de un cheque.

Si la Declaración de la Renta sale a devolver, el fisco devuelve el dinero de a través de una transferencia bancaria a la cuenta indicada al presentar el borrador

En este caso, el plazo máximo para recibir la devolución por parte de las autoridades fiscales asciende a seis meses tras el cierre de la campaña de la Renta 2025, fijado el 31 de diciembre.

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