Estas son las cuotas que pagarán los autónomos en 2023

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización para trabajadores por cuenta propia

Una persona realiza gestiones en el ordenador. / Pixabay

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El nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos ya ha entrado en vigor. Desde el 1 de enero de 2023, la cotización de los trabajadores por cuenta propia se concretará acorde a los rendimientos netos percibidos a lo largo del año. Durante los próximos tres años, el sistema se irá desplegando de forma progresiva.

Se trata de un sistema con 15 tramos que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo. De esta manera, la Seguridad Social se propone que este tipo de empleados cotice en base a sus ingresos reales y, a la vez, elimina la posibilidad de elegir libremente la base de cotización porque en cada tramo existe una base mínima y una máxima.

Para determinar los rendimientos netos, será necesario deducir de los ingresos el conjunto de gastos relacionados con la actividad profesional que se desempeña. Por ejemplo, el ordenador o la compra de suministros. Cabe destacar que, sobre esta cifra, se deberá aplicar otra deducción por gastos genéricos que corresponderá al 7% de los rendimientos netos, si bien, en el caso de los trabajadores por cuenta propia societarios, disminuirá hasta el 3%.

Con la entrada en vigor del nuevo sistema, los trabajadores autónomos que se den de alta a partir de enero de este año, se encontrarán en la obligación de notificar los rendimientos en el momento de efectuar el alta. No obstante, podrán reajustar la base de cotización a medida que pase el año, siempre que sus rendimientos experimenten alguna variación, según recoge el blog de la entidad financiera Bankinter.

¿Qué cuotas pagarán los autónomos en 2023?

La cuota que deberán desembolsar los trabajadores por cuenta propia este año será del 31,20% de la base de cotización. La mayor parte de este porcentaje, un 28,3%, corresponderá a las contingencias comunes, la cotización que asegura en caso de accidente o enfermedad no laboral, mientras que el 1,3% estará destinado a las contingencias profesionales, que protegen al empleado en caso de accidente o enfermedad profesional.

Del resto, el 0,9% corresponderá a las ayudas por cese de actividad, el 0,1% a formación profesional y el 0,6% al mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), una cotización dirigida a mantener el equilibrio entre generaciones y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social.

En cuanto al importe de la cuota, los autónomos que habrán de desembolsar el montante más bajo, 230 euros, serán los que se encuentren en el primer tramo, es decir, que tengan unos rendimientos netos inferiores a los 670 euros.

Sin embargo, los trabajadores por cuenta propia con unos rendimientos netos comprendidos en alguno de los seis primeros tramos, hasta los 1.700 euros, pagarán un importe inferior a los 300 euros, si bien irá aumentando progresivamente acorde con los rendimientos.

Por su parte, los autónomos que tengan unos rendimientos netos comprendidos entre el tramo 7 y el tramo 13, que abarca desde los 1.700 euros hasta los 4.050 euros, habrán de abonar un montante inferior a los 400 euros.

Quienes sí deberán pagar una cuota superior a los 400 euros, serán los autónomos con unos rendimientos netos comprendidos entre los 4.050 euros y los 6.000 euros, que se verán obligados a desembolsar 420 euros.

No obstante, los trabajadores por cuenta propia que pagarán una cuota más alta, 500 euros, serán los que se encuentren en el último tramo, que contempla unos rendimientos netos superiores a los 6.000 euros.

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