El BCE alerta a Sánchez: el impuesto a la banca pone en riesgo la estabilidad financiera

El supervisor europeo pide frenar la tramitación hasta analizar las "posibles consecuencias negativas" del nuevo gravamen

Un hito convertido en reto: el BCE deberá introducir el euro digital sin trastocar el negocio de los bancos

La presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde. EFE/EPA/STEPHANIE LECOCQ.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El Banco Central Europeo (BCE) cuestiona abiertamente el impuesto a la banca anunciado por el Ejecutivo español el pasado mes de julio y que se debate este jueves en el Congreso de los Diputados. El supervisor europeo ha publicado un dictamen firmado por la presidenta, Christine Lagarde, en el que advierte de los efectos contraproducentes que puede tener este nuevo gravamen sobre la generación de nuevo crédito, la estabilidad financiera y el crecimiento económico del país.

El BCE ve inconsistencias en la proposición de ley de PSOE y Unidas Podemos y, por ello, insta al Gobierno a frenar la tramitación hasta que se haga un «análisis exhaustivo de las posibles consecuencias negativas» para el sector bancario. Dicho análisis debe detallar el impacto específico del gravamen temporal sobre la rentabilidad de las entidades de crédito y financieras afectadas y sobre las condiciones de competencia en el mercado, garantizando que el impuesto «no plantea riesgos para la estabilidad financiera, la resiliencia del sector bancario y la concesión de créditos».

Esta recomendación, añade el supervisor, es «especialmente pertinente» en el actual entorno económico y financiero, ya que presenta una gran incertidumbre ante la perspectiva de que las provisiones para pérdidas crediticias de las entidades de crédito aumenten debido a la ralentización económica.

El impuesto a la banca no tiene en cuenta el ciclo económico

En este contexto, el BCE cree que debe tenerse en cuenta que las entidades de crédito ya han tenido que registrar provisiones más elevadas por su exposición a empresas con un elevado consumo energético. E insiste en que la base sobre la que se establecería el gravamen temporal no tiene en cuenta todo el ciclo económico y no comprende, entre otros, los gastos de explotación ni el coste del riesgo de crédito.

En el documento también se apunta que el importe del gravamen temporal podría no ser proporcional a la rentabilidad de una entidad de crédito. Así pues, como consecuencia de la aplicación general del gravamen temporal, las entidades de crédito que no se benefician necesariamente de las condiciones actuales del mercado podrían ser menos capaces de absorber los posibles riesgos a la baja de una recesión económica.

La institución que preside Christine Lagarde también cree que obligar al pago del gravamen temporal a una entidad mientras registre pérdidas netas, «distorsionaría significativamente y perjudicaría aún más la resiliencia de un banco deficitario».

El BCE no ve clara la función del Banco de España

Sobre la polémica de si la banca puede trasladar o no el gravamen a los clientes, el BCE concluye que sería legítimo y pide al Gobierno que aclare qué mecanismos de verificación aplicará la CNMC para garantizar el cumplimiento de este requisito. Pues en su opinión, parece difícil diferenciar si el gravamen temporal se trasladaría de forma efectiva a los clientes o no.

En la misma línea, el BCE dice que no está clara cuál será la función de colaboración del Banco de España para garantizar el cumplimiento por parte de las entidades de crédito del requisito establecido en la proposición de ley de no trasladar el importe del gravamen temporal a sus clientes.

Sobre este punto, subraya que esta cuestión «podría aclararse más», en particular, indicando que no equivale a encomendar ninguna tarea nueva al Banco de España.

Lagarde pide al Gobierno «una terminología más clara»

Por otra parte, el informe del BCE destaca que «sería deseable una terminología más clara» en el texto final sobre el criterio a la hora de determinar las entidades de crédito y financieras afectadas en aras de la seguridad jurídica. A su juicio, existe discrepancia en la redacción utilizada en la proposición de ley.

En concreto, el criterio elegido para determinar las entidades afectadas por el gravamen temporal, pues se hace referencia a «la suma de ingresos por intereses y comisiones» y la redacción para determinar la base a la que se aplica el gravamen temporal del 4,8 % se refiere a «la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones que figuren en su cuenta de pérdidas y ganancias correspondiente al año natural anterior».

El dictamen, que es una opinión no vinculante en respuesta a un requerimiento del Congreso de los Diputados, advierte también de que la aplicación del nuevo impuesto solo a algunas entidades (quedan fuera las extranjeras con negocio en España) puede «falsear la competencia en el mercado y perjudicar la igualdad de condiciones».

El Gobierno defiende el impuesto tras conocerse los resultados de la banca

El Gobierno analizará «detenidamente» el dictamen del BCE, pero insiste en recordar en que en cualquier caso se trata de un informe que no tiene carácter vinculante, es decir, que la opinión del supervisor no les obliga a cambiar la norma.

Aseguran también que dicha opinión no va en contra del gravamen, solo hace recomendaciones y se pronuncia sobre aspectos técnicos de la norma que considera necesario aclarar.

Asimismo, fuentes de Moncloa indican que todas las consideraciones que ha puesto en tela de juicio el BCE fueron tenidas en cuenta por el Gobierno antes de hacer la propuesta. Y además, reafirman la necesidad de aplicar este impuesto después de conocerse los resultados de la banca en el tercer trimestre.

«Los resultados que estamos conociendo estos días apuntan a un fuerte incremento de los beneficios en los nueve primeros meses del año como consecuencia, entre otros aspectos, de la subida de tipos de interés y de que la remuneración de los depósitos todavía se mantiene contenida».

Al tiempo, defienden que el sector bancario se encuentra en una posición «muy sólida en términos de solvencia» y en el análisis previo que han realizado no prevén que tenga un impacto significativo tanto por su naturaleza temporal como por la calibración y diseño del mismo.

Finalmente, en relación con la competencia, entienden que el horizonte temporal minimiza cualquier efecto distorsionador.

Cristina Hidalgo
Cristina Dolz

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp