Empleadas del hogar: esta es la fecha que empezarán a cotizar para cobrar el paro

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros un decreto que regula la protección por desempleo de las empleadas del hogar

Las empleadas del hogar, al igual que el resto de trabajadores, tienen derecho a cobrar las pagas extras. EFE/ Dani Caballo

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España da un paso más en cuanto a los derechos de las empleadas del hogar, un colectivo que en nuestro país suma cerca de 400.000 personas y que durante años han reclamado sus derechos como trabajadoras y han denunciado la discriminación del sector, al estar formado mayoritariamente por mujeres.  

Este martes, el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros un decreto que regula la protección por desempleo de las empleadas del hogar, ya que, hasta ahora, no tenían derecho a cobrar el paro y carecían de derechos fundamentales.  

Así, a partir de este martes, las trabajadoras del hogar tendrán derecho “la prestación contributiva por desempleo y tendrán también derecho a todas las prestaciones asistenciales que están vigentes hoy en el ornamento jurídico laboral”, ha afirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. 

Empezarán a cotizar en octubre

Asimismo, la ministra ha detallado que será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a partir del 1 de octubre y que estas cotizaciones estarán bonificadas en un 80 % mientras que la de cotización por contingencias comunes tendrá una reducción mínima del 20% que se podrá ampliar según tipo el tipo de familia, niveles de renta y patrimonio.  

No obstante, para poder acceder a la prestación contributiva deberán haber estado cotizando por ella durante un año como el resto de asalariados.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado este martes. EFE/ Juan Carlos Hidalgo.

La norma no solo reconoce el derecho al paro, sino que restringe la figura del desistimiento, que permitía el despido sin justificar causa alguna, de forma que queda limitada a determinados supuestos, aún sin detallar este martes, y a partir de ahora el empleador deberá acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato.

Asimismo, incorpora a estas trabajadoras al derecho a la prevención de riesgos laborales, así como al de formación, ha dicho, ya que se trata de un colectivo que cada vez requiere «de mayor especialización, de mujeres más formadas».

Por último, se creará en el plazo de seis meses una comisión de estudio para elaborar una propuesta de reforma del decreto que regula el cuadro de enfermedades profesionales a efectos de integrar en el mismo la perspectiva de género

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