Estos son los pensionistas que recibirán paga extra por Navidad

Las pensiones de jubilación, viudedad, orfandad y algunas de incapacidad perciben pagas extraordinarias

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria en Madrid. EFE/Emilio Naranjo

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La mayoría de las personas que reciben una pensión de la Seguridad Social cobrarán este mes de noviembre la segunda paga extra del año, la pensada para la época de Navidad.

Esta paga extraordinaria consiste en duplicar la mensualidad habitual que se percibe cuando la pensión se divide en 14 pagas, sin embargo, hay ciertas prestaciones que se abonan en 12 mensualidades, lo que implica que las pagas extras están prorrateadas, es decir, que se cobra parte de ellas todos los meses en vez de en dos momentos del año: junio y noviembre.

Los pensionistas no pueden elegir qué opción prefieren, es algo prefijado por la Seguridad Social según el tipo de pensión al que se tenga derecho. De esta manera, las pensiones de incapacidad derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional reciben las pagas prorrateadas. Por el contrario, las pensiones de jubilación, las de viudedad, orfandad y las de incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, sí perciben las 14 pagas con las dos extraordinarias.

Cuantía máxima y mínima

Como se ha mencionado anteriormente, la paga extra de Navidad es equivalente a multiplicar por dos una mensualidad ordinaria. De esta manera, los pensionistas que tengan la pensión máxima llegarían a cobrar 5.638 euros en noviembre respecto a los 2.819,20 que cobran en meses normales.

En el otro lado están los importes mínimos que percibirán los pensionistas con las pensiones más bajas. Para las pensiones de jubilación, las mayoritarias, la cuantía mínima depende de la edad a la que se efectúe la misma y de las cargas familiares del beneficiario.

De esta manera, si una persona se jubila con 65 años, recibirá 1.781 euros de en noviembre si tiene cónyuge a su cargo o 1.370 euros si tiene cónyuge, pero no está a su cargo. En el caso de carecer de cónyuge, la cuantía estará entre ambas cantidades. Para jubilados de menos de 65 años el importe se reduce, de manera que cobrarán 1.669,8 euros en noviembre si tienen cónyuge a cargo y 1.276,4 con cónyuge que se valga por sí mismo.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp