Hay Derecho recurrirá la sentencia que avala el nombramiento de Mariano Bacigalupo en la CNMV

El debate jurídico giraba en torno a si Bacigalupo cumplía el requisito legal de ser una persona de reconocida competencia en materias relacionadas con el mercado de valores

CNMV

Archivo – Edificio sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en Madrid

La Fundación Hay Derecho ha anunciado que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que valida el nombramiento de Mariano Bacigalupo como vocal del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El pasado 5 de marzo, la Sala Tercera de la Audiencia Nacional desestimó el recurso contencioso-administrativo que la organización había presentado contra la Orden ETD/883/2022, mediante la cual se formalizó la designación de Bacigalupo como miembro del órgano supervisor del mercado bursátil. La decisión judicial llega más de tres años después de que la Fundación interpusiera la impugnación.

La resolución analiza el caso tras un recorrido judicial previo. En un primer momento, la propia Audiencia Nacional rechazó admitir el recurso a trámite. Ante esa decisión, Hay Derecho acudió al Tribunal Supremo, que finalmente le dio la razón al reconocer su legitimación para recurrir.

El tribunal cambió la inadmisión inicial y obligó a la Audiencia Nacional a estudiar el caso. Tras ese examen, el tribunal ha concluido ahora que el nombramiento se ajusta a derecho, una interpretación que la Fundación pretende volver a cuestionar ante el Supremo.

La directora general de Hay Derecho, Safira Cantos, ha señalado que la actuación se enmarca en su estrategia de litigación para reforzar la calidad institucional y asegurar que los cargos en instituciones de control se cubran conforme a estrictos requisitos de idoneidad y velando por su independencia.

«La CNMV ejerce funciones de supervisión e inspección clave para el buen funcionamiento de los mercados y de la economía, por lo que resulta especialmente importante que sus responsables cumplan de forma clara y exigente los requisitos establecidos por la ley para que no se queden en papel mojado», ha manifestado

«Una interpretación tan flexible debilita las garantías de mérito y capacidad que deberían presidir la designación de cargos en instituciones clave para el funcionamiento de nuestro Estado de derecho», ha recalcado Elisa de la Nuez.

La Audiencia Nacional avala el nombramiento de Bacigalupo

El debate jurídico giraba en torno a si Bacigalupo cumplía el requisito legal de ser una persona de reconocida competencia en materias relacionadas con el mercado de valores, condición exigida por la Ley del Mercado de Valores para formar parte del órgano supervisor.

La Sala ha concluido que no hubo arbitrariedad en el nombramiento y considera que se trata de un ejercicio legítimo de la discrecionalidad administrativa. Según la resolución, el candidato reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente.

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Archivo – Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

El tribunal también descarta que tenga relevancia jurídica el hecho de que Bacigalupo sea marido de la entonces vicepresidenta del Gobierno, Teresa Ribera, y rechaza que su trayectoria profesional, procedente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), suponga un impedimento para el cargo.

Hay Derecho lanza un recurso anunciado ante el Tribunal Supremo

Tras conocerse la sentencia, la Fundación Hay Derecho ha anunciado que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo. Según la entidad, la profesionalidad, la neutralidad y la ausencia de arbitrariedad son elementos clave para el buen funcionamiento institucional, especialmente en organismos encargados de supervisar mercados y regular sectores estratégicos.

Desde la Fundación han recordado que el propio Tribunal Supremo ya señaló anteriormente que la revisión judicial de los nombramientos realizados por el Gobierno no debilita el Estado de derecho, sino que contribuye a reforzarlo al asegurar que los poderes públicos actúan conforme a la Constitución y a la ley.

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