La prórroga de los ERTE y la ayuda a autónomos al 30 de septiembre costará 3.400 millones

El gasto total desde el inicio de la pandemia en ERTE y la ayuda por cese de los autónomos rondará los 40.700 millones al 30 de septiembre

Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros extraordinario con María Jesús Montero, Yolanda Díaz y José Luis Escrivá

Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros extraordinario con María Jesús Montero, Yolanda Díaz y José Luis Escrivá

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El Consejo de Ministros, reunido con carácter extraordinario, ha aprobado este jueves el real decreto-ley que prorroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) del 31 de mayo hasta el 30 de septiembre, junto a la extensión de la prestación por cese de actividad hasta la misma fecha, lo que comportará un gasto público de alrededor de 3.400 millones de euros

Así lo han detallado la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, la vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario convocado para prorrogar la extensión de los ERTE y la ayuda a autónomos, tras demorarse el acuerdo con los agentes sociales a ayer, miércoles, y haberse culminado este jueves con el acto de firma del quinto acuerdo en materia de los ERTE.

En detalle, la nueva prórroga comportará un gasto de alrededor de 1.400 millones para el pago de las prestaciones de los trabajadores en ERTE a través del SEPE y una cifra superior a los 2.000 millones por las exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social, entre los alrededor de 800 o 900 millones para las cuotas de empleados en ERTE y los restantes para las ayudas a autónomos, según datos facilitados a Economía Digital en fuentes gubernamentales.

El ministro Escrivá ha indicado que el coste fiscal por los cambios en las exoneraciones entre la activación de los trabajadores y el mantenimiento de la protección para los empleados en ERTE oscilará entre esa horquilla de 800 y 900 millones. 

Así, ha precisado que el gasto en ERTE y protección de autónomos mediante cuotas a la Seguridad Social ha supuesto desde el inicio de la pandemia 19.000 millones de euros, que se distribuyen, según datos del Ministerio de la Seguridad Social facilitados a Economía Digital, en unos 7.000 millones para las exenciones de cuotas de los trabajadores en ERTE, otros 10.000 millones para las exenciones de cuotas de los autónomos y algo más de 2.000 millones para incapacidad temporal. Ahora se sumarán otros 2.000 millones para la prórroga hasta septiembre.

El gasto total desde el inicio de la pandemia rondará los 40.700 millones

Precisamente el pasado martes la Comisión Europea desembolsó a España un nuevo y último tramo de 3.370 millones de euros de préstamo para financiar el gasto de los ERTE y las prestaciones por cese de actividad de autónomos a causa de la Covid, completando los 21.300 millones que España había solicitado a la UE para el fondo europeo de desempleo, conocido como ‘SURE’.

 A mediados de abril el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, precisó que entre 2020 y lo transcurrido del ejercicio 2021 el gasto público en ERTE había sido de casi 30.000 millones de euros entre prestaciones y exoneraciones.

En el Programa Nacional de Reformas remitido por el Gobierno a Bruselas el 30 de abril estimaba que la cobertura de los ERTE vía exoneraciones y la prestación por cese de actividad e incapacidad temporal costaría hasta mayo a las arcas públicas 7.972 millones de euros en 2021.

El coste de estas medidas durante 2020 y lo acordado hasta la última prórroga del 31 de mayo asciende a más de 37.283 millones de euros, de los que 29.311 millones se correspondieron al año pasado. Es decir, que si a los 37.283 millones de euros de gasto desde el inicio de la pandemia hasta el 31 de mayo se suman los 3.400 millones, el gasto total destinado por el Gobierno a los ERTE podría rondar los 40.683 millones de euros, a falta de una posible nueva prórroga tras el 30 de septiembre.

Quinta prórroga para 550.000 trabajadores

Montero ha destacado que el acuerdo arroja estabilidad y certidumbre y ha agradecido la “altura de miras” de los agentes sociales para consensuar la prórroga de los ERTE, que permitirá en un contexto de avance de la vacunación y reactivación económica favorecer la incorporación de los trabajadores. 

Asimismo, Díaz ha enfatizado que la marca de la casa del Gobierno es ”el diálogo social” al ser un “ejemplo” y ha agradecido la responsabilidad de los agentes sociales, gracias a la cual “muchos trabajadores podrán dormir tranquilos” al respaldarse a empleados y empresas con un mecanismo que ha evitado la destrucción de 3 millones de empleos y un paro de 6 millones. 

Tanto Díaz como Escrivá han resaltado que se está avanzando hacia la situación prepandemia en cuanto al nivel de cotizantes y reactivación de trabajadores y empleo. De los 3,6 millones de trabajadores que llegaron a estar en un ERTE en lo peor de la pandemia, quedan en la actualidad 550.000, ha precisado Escrivá, quien ha señalado que desde la anterior prórroga de enero se han recuperado 450.000 trabajadores. 

De hecho, ha resaltado que el 85% de los trabajadores inmiscuidos en un ERTE durante la pandemia se han reincorporado ya a la actividad, solo por debajo de Países Bajos pero por encima de países como Suecia, Italia, Alemania o Francia. 

Mayores incentivos a la reactivación y menos a los trabajadores suspendidos

Los agentes sociales cerraron hace días con el Ministerio de Trabajo los. flecos del acuerdo que conciernen a este departamento, como el compromiso del mantenimiento del empleo, pese a las reticencias de CEOE, el contador a cero en el plazo de prestaciones, de forma que los beneficiarios no agotarán los derechos de desempleo acumulados, así como la prestación al 70% de la base reguladora y la inclusión de los trabajadores fijos discontinuos que sigan en paro en el esquema de ayudas.

Se contempla para los trabajadores que estén en ERTE desde el 1 de enero de 2021 que el tiempo que permanezcan bajo ese mecanismo se le descontará de futuras prestaciones por desempleo si les despiden en el futuro. El tiempo bajo un ERTE en 2020 no descuenta de futuras prestaciones de desempleo. El nuevo acuerdo estipula que el tiempo que permanezca un trabajador en ERTE este año no descontará de la futura prestación por desempleo hasta enero de 2022.

Lo que ha permitido facilitar el acercamiento y el principio de acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales, especialmente CEOE, es la modulación de los porcentajes de las exoneraciones para los trabajadores que permanecen en ERTE respecto a la última oferta del Ministerio, que proponía reducirlos e incrementar en cambio las exenciones para los trabajadores que se reincorporen a la actividad.

Finalmente se han mantenido los incentivos para la reactivación de los trabajadores en aras de impulsar la reincorporación en el periodo estival, tal y como defendían el ministro José Luis Escrivá y la vicepresidenta segunda, Nadia Calviño.

Los sectores recogidos en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas y su cadena de valor, tendrán exoneraciones diferentes en los casos de trabajadores en suspensión de empleo frente a los que se activen en un contexto de mayor recuperación que en meses anteriores. Con el objetivo de incentivar la activación de empleo, en esta ocasión se incluyen unas exoneraciones mayores para los casos de los trabajadores que se reincorporen a la actividad: del 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 85% para las que tienen 50 o más en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Cuando mantengan a los trabajadores suspendidos, habrá una exoneración del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

Hasta ahora las exoneraciones en los sectores ‘ultraprotegidos’ eran del 85% para empresas de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen más de 50 empleados, tanto para reincorporados como para suspendidos, por lo que pasa a incentivarse más. la reinserción y menos a las empresas que mantienen a sus trabajadores en un ERTE.

ERTE por limitación o impedimento

Por su parte, los ERTE por limitación de su actividad se verán prorrogados con un nuevo esquema de exoneraciones: si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, será del 85% en junio y julio, y del 75% en agosto y septiembre. Si la empresa tiene 50 trabajadores o más, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.

De esta forma, se reducen respecto a las cotizaciones que había hasta ahora que se situaban entre el 100% y el 80% en las empresas de menos de 50 trabajadores y entre el 90% y el 70% para las de más de 50 empleados.

Por su parte, las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en los próximos cuatro meses en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas por la Covid podrán solicitar un “ERTE de impedimento”, con una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más, la misma que había hasta ahora.

Actualmente hay alrededor de 558.000 trabajadores en situación de ERTE. Del total, unos 137.000 se encuentran en ERTE por limitación y cerca de 16.300, por impedimento. Del resto, poco más 233.000, se encuadran entre los sectores ultraprotegidos o vinculados a ellos.

Los 45 sectores ‘ultraprotegidos’

En la nueva lista de sectores ‘ultraprotegidos’ se incluyen tres nuevos sectores (confección de otras prendas de vestir y accesorios, comercio al por mayor de café, té, cacao y especias y actividades de fotografía), mientras que salen cinco (artes gráficas y servicios relacionados con las mismas, fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico, comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados, transporte espacial y alquiler de medios de navegación).

Se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre finales de abril de 2020 y finales de mayo han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

En total, 45 actividades forman parte de las CNAE ‘ultraprotegidas’ hasta el 30 de septiembre, como son hoteles y alojamientos similares; alojamientos turísticos y otros de corta estancia; otros alojamientos; transporte aéreo de pasajeros; actividades anexas al transporte aéreo; transporte marítimo; transporte por taxi; transporte de pasajeros por vías navegables interiores; otros tipos de transporte terrestre de pasajeros, y la gestión de salas de espectáculo.

Asimismo, figura en la lista la extracción de minerales de hierro; fabricación de explosivos; edición de periódicos; producción de metales preciosos; actividades de operadores turísticos; actividades de agencias de viajes; reproducción de soportes grabados; comercio al por mayor de cueros y pieles; comercio al por mayor de bebidas; comercio al por mayor de café, te, cacao y especias; alquiler de medios de transporte aéreo, y otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

La lista también incluye el alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico; las artes escénicas y también sus actividades auxiliares; fabricación de artículos de bisutería y también de joyería; organización de convenciones de ferias de muestras; alquiler de cintas de video y discos; confección de otras prendas de vestir y accesorios, actividades de fotografía y actividades de reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.

El resto de actividades son artes gráficas; otras actividades de impresión; actividades de exhibición cinematográfica; alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros; actividades de fotocopiado; otras actividades recreativas y de entretenimiento; lavado y limpieza de prendas textiles y de piel; actividades de jardines botánicos y parques zoológicos; actividades juegos de azar y apuestas; parques de atracciones y temáticos; actividades de mantenimiento físico; restaurantes y puestos de comida, y establecimientos de bebidas.

Prórroga del cese de actividad

Por otra parte, el Consejo de Ministros extraordinario también ha aprobado la extensión de la prestación por cese de actividad de los autónomos hasta el 30 de septiembre, en paralelo a la prórroga de los ERTE. La principal novedad en este nuevo esquema de ayudas para los autónomos es que se incluyen exoneraciones de las cuotas a las Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior (entre febrero y mayo, que son casi 460.000) durante los próximos cuatro meses.

Estas exoneraciones, que buscan apoyar la reactivación de la actividad de los que han visto su negocio afectado recientemente, serán así: en junio del 90%, en julio del 75%, en agosto del 50% y en septiembre del 25%.

Además, se mantienen las prestaciones extraordinarias vigentes para quienes no pueden desarrollar su actividad con normalidad. Así, continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID 19.  

La cuantía de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización. Además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

En cuanto a la prestación compatible con la actividad para aquellos trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, tendrán que cumplir dos exigencias adicionales, que su facturación del segundo y tercer trimestre 2021 caiga el 50%, frente al segundo y tercer trimestre de 2019; y no haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.

Aquellos que no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria en los mismos términos que se establecieron en el Real Decreto-ley. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

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