Cuánto se cobra por un hijo a cargo con discapacidad

La cuantía de las ayudas depende de la edad, el grado de discapacidad y la necesidad de una tercera persona para la vida diaria

Madre cuida de su hija en una silla de ruedas.

Las familias que tienen un hijo con discapacidad pueden acceder a una serie de ayudas del sistema público. Imagen: Freepik.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Las familias que tienen un hijo con discapacidad pueden acceder a una serie de ayudas del sistema público y disfrutar de algunas ventajas. Un ejemplo es la prestación económica que pueden solicitar las familias con hijos o menores en acogimiento, que presenten discapacidad.

La cuantía a percibir dependerá de la edad, el grado de discapacidad y la necesidad de ayuda de una tercera persona para la vida diaria, como puede ser vestirse, desplazarse o comer.

Cuánto se cobra por un hijo a cargo con discapacidad

Por hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33% es posible percibir 1.0000 euros anuales por hijo, es decir, 83,33 euros mensuales. Para ello, no es necesario cumplir con unos recursos económicos específicos, dado que se trata de una persona con discapacidad.

Por hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%, los progenitores pueden recibir 5.647,20 euros anuales por hijos, lo que se traduce en 470,60 euros al mes. Como en el caso anterior, no es necesario cumplir con unos recursos económicos concretos.

Padre e hija con las manos pintadas de naranja.
Los padres con hijos con discapacidad pueden solicitar ayudas y reducción de jornada. Imagen: Freepik.

Por hijos con 18 años o más afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten la ayuda de otra persona para realizar los actos vitales más elementales, los progenitores pueden percibir 8.469,60 euros anuales por hijo: 705,80 euros mensuales.

Deducción

Los progenitores pueden disfrutar de una deducción de 1.200 euros anuales, es decir, 100 euros al mes, por cada descendiente con una discapacidad igual o superior al 33%. No obstante, conviene tener en cuenta que es necesario cumplir uno o varios de los requisitos que figuran a continuación:

  • Llevar a cabo una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Cobrar prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
  • Percibir pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
  • Ser un profesional no integrado en el RETA y percibir, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.

Si hay más de una persona con derecho a esta deducción por el mismo ascendiente con discapacidad, el importe se prorrateará entre todas ellas, por partes iguales, salvo que se ceda el derecho a una de ellas que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.

Reducción de jornada laboral y ayuda CUME

Asimismo, los padres pueden solicitar una reducción de jornada laboral por el cuidado de hijos con discapacidad para atender a sus necesidades.

Si la persona que requiere de cuidados tiene más de 12 años, se tendrá que acreditar que tiene, al menos, un 33% de discapacidad o reconocida por la Seguridad Social una incapacidad permanente total, absoluta o de Gran Invalidez.

Para ello, es necesario acreditar que tiene una patología grave que requiera una hospitalización prolongada y un cuidado constante de sus progenitores.

Otra de las prestaciones económicas que se puede solicitar es la de reducción de jornada por enfermedad grave o crónica de un hijo, conocida como CUME.

A través de esta ayuda, se pretende contribuir a afrontar la pérdida de ingresos que sufren las personas que reducen su jornada laboral por la necesidad de cuidar de forma continua y permanente a hijos o menores a cargo. La cuantía de la ayuda varía según el porcentaje de reducción de jornada.

Comenta el artículo
Raquel Navarro Pérez

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta