Banco Sabadell alquila casas desde 150 euros al mes

El importe del alquiler es inferior al 30% del conjunto de ingresos netos de la unidad familiar

Centro corporatico de Banco Sabadell en San Cugat del Vallés

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Banco Sabadell es una de las entidades financieras que forma parte del Fondo Social de Viviendas (FSV), para el cual ha destinado un conjunto de 400 inmuebles a alquiler social. Se trata de una iniciativa del Gobierno recogida en el Convenio del FSV que tiene como objetivo alquilar propiedades de las entidades de crédito a las personas que pierden su vivienda habitual.

¿Cuáles son las condiciones del contrato?

El importe del alquiler estará comprendido entre los 150 euros y los 400 euros al mes, pero en ningún caso será superior al 30% del conjunto de ingresos netos de la unidad familiar. La duración del contrato será de dos años, pero se podrán prorrogar por un año más a no ser que se dejen de cumplir los requisitos establecidos por la entidad.

Mientras que los gastos por los suministros, como la electricidad, el agua, el gas o el teléfono correrán a cargo de los inquilinos, los gastos del inmueble como los tributos o las obras de reparación serán responsabilidad del propietario. Conviene tener en cuenta, que los inquilinos habrán de destinar el inmueble a su vivienda habitual y a conservarlo en las mismas condiciones de uso y habitabilidad en el que se encontraba en el momento de su entrega.

¿Cuáles son los requisitos?

Pueden convertirse en inquilinos de los inmuebles las personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual como consecuencia de una demanda de ejecución por impago de un préstamo hipotecario y que este se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008.

Además, en el momento de la presentación de la solicitud, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y ninguno de los miembros de la unidad familiar puede disponer de vivienda en propiedad o de un derecho de usufructo sobre una vivienda.

Asimismo, se debe encontrar en una situación de vulnerabilidad, como las que se describen a continuación:

  • Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
  • Unidad familiar con hijos menores de edad (18 años).
  • Unidad familiar en la que el deudor hipotecario desalojado se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.
  • Unidad familiar en la que exista alguna víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
  • Personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales competentes para verificar tales situaciones, un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía.
  • Personas mayores de sesenta años.
  • Personas en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos.
  • Otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas a las anteriores, previo informe de los Servicios Sociales.

¿Cómo hacer la solicitud?

Para formalizar la solicitud, es necesario enviar un correo electrónico a 0901AdminFondoSocialViviendas@bancsabadell.com. En concreto, se debe especificar los detalles del inmueble disponible seleccionado en el listado de viviendas publicado y el requisito al que se acoge. Asimismo, será necesario adjuntar la siguiente documentación:

  • Informe social
  • Sentencia de ejecución hipotecaria.
  • Fotocopia del DNI del solicitante.
  • Certificado del Registro de la propiedad donde conste que no dispone de ninguna vivienda en propiedad o usufructo.
  • Última declaración de la Renta o certificado de retenciones.
  • Libro de familia
  • Ingresos de la unidad familiar.
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