La justicia europea tumba ‘las tarifas cero’ de Vodafone

Una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera que este tipo de paquetes promocionales vulneran la neutralidad en la red

Una tienda de Vodafone. EFE

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Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado que los paquetes de «todo lo que puedes ver» que ofrecen Vodafone y Deutsche Telekom en Alemania van contra la normativa comunitaria que afecta al roaming y a la neutralidad de la red.

El fallo del TJUE señala que las opciones de tarifas cero son «contrarias a la normativa de acceso libre a internet», según apunta la sentencia en sus dos páginas de texto, en una consulta hecha por los tribunales alemanes.

Este fallo se produce en el contexto de litigios de estas operadoras con la Agencia Federal de Redes alemana y el Bundesverband der Verbraucherzentralen, una asociación alemana de protección de los consumidores.

La sentencia, que se ha conocido este jueves 2 de septiembre, va en la línea con una anterior de septiembre de 2020 donde el alto tribunal europeo también se pronunciaba sobre un servicio similar ofrecido por Telenor en Hungría.

Del nuevo fallo del alto tribunal europeo se deriva también que las limitaciones del ancho de banda, del anclaje a red o del uso en itinerancia, debido a la activación de una opción de este tipo, son también incompatibles con el derecho de la UE en lo que respecta a la normativa de roaming.

Qué es la opción de «tarifa cero»


La opción de tarifa cero, según explica el propio tribunal, es una práctica comercial mediante la cual un proveedor de acceso a Internet aplica una tarifa cero o más ventajosa a la totalidad o a una parte del tráfico de datos asociado a una aplicación o a una categoría de aplicaciones específicas, propuestas por socios de dicho proveedor de acceso.

Por lo tanto, estos datos no se imputan al volumen de datos comprado con la tarifa básica. Esta opción, propuesta en el marco de paquetes limitados, permite así a los proveedores de acceso a Internet aumentar el atractivo de su oferta.

En el fallo de este jueves, las tarifas sobre las que ha sentenciado el TJUE son las llamadas Vodafone Pass (Video Pass, Music Pass, Chat Pass y Social Pass); mientras que en el caso de Deutsche Telecom el servicio es conocido como Stream On.

En la sentencia de hoy, el TJUE recuerda que una opción de tarifa cero realiza una distinción en el tráfico de Internet basada en consideraciones comerciales, al no imputar a la tarifa básica el tráfico con destino a aplicaciones asociadas. «Esta práctica comercial es contraria a la obligación general de trato equitativo del tráfico, sin discriminación ni interferencia, que exige el Reglamento sobre el acceso a una Internet abierta», apunta.

El Reglamento 2015/2120 establece también que los proveedores de acceso “tratarán todo el tráfico de manera equitativa cuando presten servicios de acceso a internet, sin discriminación, restricción o interferencia, e independientemente del emisor y el receptor, el contenido al que se accede o que se distribuye, las aplicaciones o servicios utilizados o prestados, o el equipo terminal empleado”, si bien se les permite aplicar “medidas razonables de gestión del tráfico”, según explican desde el despacho de abogados CuatreCasas en su blog.

En el caso de Vodafone España, la empresa también lanzó este servicio de Vodafone Pass en julio de 2017, aunque posteriormente la estrategia de la empresa de apostar por las tarifas ilimitadas de datos para los clientes, que lanzó en 2019, ha hecho que esta funcionalidad sea residual entre sus clientes.

Noticia original: Business Insider

Autor: Marta Garijo

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