La Justicia europea da la razón a Meta: tumba la condición de «guardián» de Marketplace

La UE confirma a Messenger como “gatekeeper” y mantiene sus obligaciones en la DMA

meta

Fotografía de archivo de los logos de Instagram, Facebook y WhatsApp en un teléfono móvil, con el logo de Meta de fondo. Foto: Europa Press.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado la designación de Marketplace de Meta como «guardián de acceso» a los mercados digitales, pero ha confirmado la de su servicio de mensajería instantánea, Messenger, que seguirá por ello sometido a las obligaciones con respecto a la Ley europea de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés), diseñada para evitar abusos de las grandes compañías.

La Comisión Europea incluyó en 2023 a Meta entre las grandes compañías consideradas «guardianes de acceso» (o ‘gatekeeper’, en inglés) al mercado digital y consideró que tanto Messenger como Marketplace –al igual que Facebook– eran servicios básicos de plataformas diferentes que funcionaban como puertas de acceso importantes para que los usuarios profesionales llegaran a los usuarios finales.

Meta recurrió ante la Justicia europea los casos de Messenger y Marketplace, sobre los que ahora se pronuncia en primera instancia el Alto Tribunal con un fallo que da parcialmente la razón a la compañía y ante el que cabe recurso.

En concreto, el Tribunal con sede en Luxemburgo considera que Bruselas incurrió en un error de Derecho al evaluar la situación de Marketplace y considerar que podía basarse únicamente en los datos relativos a los tres últimos años anteriores a la designación, sin tener en cuenta las modificaciones realizadas a finales de julio de 2023.

Además, la sentencia apunta que la decisión de los servicios comunitarios respecto a Marketplace no está suficientemente motivada, porque no incluyó ningún análisis concreto de las modificaciones ni explicó su incidencia a la hora de valorar si la plataforma permitía a los usuarios profesionales ofrecer bienes o servicios a los consumidores, que es una condición necesaria para calificar a un servicio como servicio de online.

Whatsapp
Archivo – Logo de la herramienta de mensajería instantánea ‘WhatsApp’ instalada en un dispositivo que también ofrece servicios de IA de Meta.

Sin embargo, valida la designación de Messenger porque concluye que Bruselas no cometió ningún error al concluir que la plataforma cumplía de manera individual los criterios para considerarla una pasarela importante entre usuarios profesionales y clientes finales.

«Celebramos el fallo del Tribunal sobre Marketplace, que confirma que no debería haber sido designado como tal en primer lugar. Estamos revisando la decisión del Tribunal sobre Messenger y consideraremos nuestras opciones», ha comentado a Europa Press un portavoz de Meta.

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