Nuevo revés judicial para Correos de Pedro Saura por el trato a empleados temporales

La sentencia ratifica que la empresa pública vulneró el principio de igualdad al no proporcionar la misma uniformidad al personal con contrato temporal

La sentencia ratifica que la empresa pública vulneró el principio de igualdad al no proporcionar la misma uniformidad al personal con contrato temporal

La sentencia ratifica que la empresa pública vulneró el principio de igualdad al no proporcionar la misma uniformidad al personal con contrato temporal

El Tribunal Supremo ha confirmado que Correos incurrió en discriminación laboral al no proporcionar uniformes a los trabajadores temporales, una práctica que justificaba por motivos económicos y logísticos. El fallo, fechado en febrero de 2026, desestima el recurso presentado por la empresa pública y ratifica la sentencia previa de la Audiencia Nacional, que ya había declarado nula esta diferencia de trato.

La resolución, según los compañeros de Confilegal, supone un pronunciamiento relevante en materia de igualdad laboral, al reafirmar que las condiciones de trabajo deben aplicarse sin distinción entre personal fijo y temporal cuando realizan las mismas funciones.

Una demanda sindical que inició el conflicto

El origen del litigio se remonta a una demanda de conflicto colectivo presentada por la Confederación Intersindical Galega (CIG), que denunció que Correos entregaba prendas de uniformidad al personal fijo e indefinido, pero no a los trabajadores temporales.

La Inspección de Trabajo ya había requerido en 2023 a la empresa que rectificara esta práctica e incluyera a los temporales en la entrega de uniformes. Sin embargo, según Confilegal, la compañía mantuvo su postura alegando que la duración limitada de los contratos y el coste de las prendas hacían ineficiente su suministro.

La Audiencia Nacional estimó la demanda en 2024 y declaró que la práctica empresarial era contraria al ordenamiento jurídico y a la doctrina de no discriminación, obligando a Correos a reconocer este derecho al personal temporal.

El Supremo ratifica: el uniforme es una condición de trabajo

En su sentencia, el Tribunal Supremo concluye que la uniformidad constituye una condición laboral, aunque no sea obligatoria, ya que cumple funciones de identificación, imagen corporativa y confianza ante la ciudadanía.

El Alto Tribunal subraya que negar estas prendas a los temporales supone un trato menos favorable injustificado, vulnerando el Estatuto de los Trabajadores y la normativa europea sobre igualdad en el empleo.

Además, la sentencia a la que ha tenido acceso Confilegal, destaca que el uniforme genera un beneficio económico para los empleados que lo reciben, al evitar el uso de ropa propia, ventaja de la que quedaban excluidos los trabajadores temporales.

Pedro Saura, presidente de Correos. Foto: EP / Congreso de los Diputados
Pedro Saura, presidente de Correos. Foto: EP / Congreso de los Diputados

La posición de Correos

Correos, según avanzaban los compañeros de Noticiastrabajo, defendió su actuación alegando razones de eficiencia en el gasto público y dificultades logísticas para gestionar uniformes destinados a contratos de corta duración.

La empresa sostuvo que la adquisición y almacenamiento de prendas resultaba costosa y que, en muchos casos, el uniforme podría llegar cuando el trabajador ya no formara parte de la plantilla.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó estos argumentos, según Noticiastrabajo, al considerar que las razones presupuestarias o administrativas no constituyen una justificación objetiva válida para un trato desigual entre trabajadores comparables.

Principio de no discriminación

El pronunciamiento del Supremo se apoya en el principio de no discriminación recogido en la Directiva 1999/70/CE y en la legislación laboral española, que prohíbe tratar de manera menos favorable a los trabajadores temporales sin causa objetiva.

El tribunal concluye que, dado que temporales y fijos realizan las mismas funciones, no existe motivo legítimo para negarles la uniformidad. Asimismo, recalca que la buena gestión del dinero público no puede utilizarse como argumento para restringir derechos laborales básicos.

Impacto en la plantilla y en el sector público

La sentencia tiene efectos directos sobre miles de trabajadores temporales de Correos, que deberán recibir las mismas prendas de uniformidad que sus compañeros indefinidos. Este fallo sienta un precedente relevante para el sector público y otras empresas con alta temporalidad, al reforzar la obligación de garantizar condiciones laborales equivalentes entre empleados con diferentes tipos de contrato.

El fallo del Tribunal Supremo envía un mensaje contundente contra la precariedad y la discriminación indirecta en el empleo público. La uniformidad, aunque pueda parecer un elemento menor, simboliza la igualdad de trato y el reconocimiento profesional de toda la plantilla.

Con esta decisión, la justicia reafirma que la temporalidad no puede convertirse en un pretexto para reducir derechos laborales. La resolución obliga a Correos a modificar sus prácticas y refuerza el principio de igualdad como pilar fundamental en las relaciones de trabajo.

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