Vodafone no se rinde ante Finetwork: el portazo judicial que le abre la vía directa al Tribunal Constitucional

La operadora sostiene que actuó en todo momento conforme a derecho

Vodafone y Finetwork

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Vodafone escala su batalla por Finetwork al Tribunal Constitucional tras agotar la vía ordinaria en Alicante. El conflicto pasa por ser el litigio mercantil más complejo del sector de las telecomunicaciones en España.

La Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones que Vodafone España presentó con el objetivo de revertir la pérdida de control sobre Wewi Mobile, la sociedad matriz que opera bajo la marca Finetwork.

La decisión no cierra el camino a la operadora, sino que le abre formalmente la puerta al siguiente escalón del sistema judicial español: el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Vodafone ya ha anunciado que lo utilizará.

El incidente de nulidad es un instrumento procesal de carácter excepcional que permite solicitar al mismo órgano que dictó una resolución firme que anule sus propias actuaciones cuando se considera que durante el procedimiento se ha producido una vulneración de derechos fundamentales.

Su utilidad práctica, más allá de la posibilidad —remota— de que el tribunal se rectifique a sí mismo, reside en que constituye un paso previo necesario e imprescindible para poder acudir al Tribunal Constitucional.

Vodafone no esperaba ganar en Alicante esta ronda, esperaban cerrar el trámite que le permite abrir la siguiente.

La operadora no pretendía que la Audiencia Provincial de Alicante diera marcha atrás —algo que en la práctica judicial española casi nunca ocurre— sino cumplir con el requisito formal que le permite acceder a la jurisdicción constitucional.

Con la desestimación del incidente en la mano, Vodafone queda ya en disposición de presentar el recurso de amparo, que deberá argumentar que la resolución judicial que anuló su toma de control de Finetwork vulneró alguno de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.

Vodafone, Un caso de derecho concursal

El trasfondo del conflicto sigue siendo el mismo que lo originó hace meses. La Audiencia Provincial de Alicante anuló el plan de reestructuración mediante el cual Vodafone se había hecho con el 99,4% del capital de Wewi Mobile, ejecutando una ampliación de capital por compensación de créditos de 10 millones de euros.

El tribunal consideró que el proceso fue tramitado como un plan consensuado entre las partes cuando, en realidad, los socios fundadores se habían opuesto expresamente, lo que exigía la aplicación de requisitos más estrictos previstos en la Ley Concursal para planes forzosos.

Además, el tribunal cuestionó la base económica de la operación, considerando que los informes de valoración aportados —incluyendo el de PwC— no eran suficientemente robustos.

La sentencia ordenó cancelar la ampliación de capital que ya estaba inscrita en el Registro Mercantil, un mandato de enorme complejidad práctica que afecta a una operación que llevaba meses ejecutada.

El consejo de administración de Wewi Mobile revocó al administrador único designado por Vodafone con efectos inmediatos y abrió una investigación interna sobre su gestión, advirtiendo de posibles incumplimientos de los deberes del cargo.

Desde el primer momento en que se conoció la sentencia de la Audiencia, Vodafone ha mantenido una posición consistente y sin fisuras. Sostienen que la resolución es «inaudita y sorprendente» y genera una grave incertidumbre jurídica sobre un proceso que fue previamente homologado por un juzgado mercantil conforme a la normativa aplicable.

La operadora sostiene que actuó en todo momento conforme a derecho y que la inseguridad que genera revertir judicialmente una operación ya inscrita en el Registro Mercantil es un problema que trasciende el caso concreto y afecta a la previsibilidad del derecho concursal español en su conjunto.

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