La indemnización “disuasoria” disuadiría la contratación, no el despido  

Ni España tiene uno de los despidos más baratos de Europa ni la indemnización “disuasoria” disuadiría el despido, sino que seguramente disuadiría la contratación

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha vuelto a poner sobre la mesa una reforma del mercado laboral, con el llamado despido ‘disuasorio’, con el que quiere encarecer la indemnización por despido improcedente. La ministra presentaba la propuesta la semana pasada, alegando que el despido sin justificación es «demasiado barato» en España. 

Díaz pretende así introducir una reforma que, si bien será difícil que vea la luz antes de finalizar la legislatura, le permitiría llegar a las elecciones salvando las críticas por no haber derogado los aspectos troncales de la legislación laboral impuesta por el PP en 2012, como el abaratamiento del despido de 45 a 33 días por año trabajado en casos de despido improcedente. Lo cierto es que si la derogación de la reforma laboral de 2012 no ha estado nunca encima de la mesa es porque se trata de una línea roja para la Comisión Europea, que considera que era imprescindible para reducir la rigidez del mercado laboral español. De ello depende incluso el desembolso de los fondos europeos ‘Next Gen’. 

Despido disuasorio, reparativo o restaurativo

Ante este escenario, Díaz se ha visto obligada a buscar alternativas para sortear los recelos de Bruselas y una de ellas es el concepto del despido disuasorio, reparativo o restaurativo, que establezca indemnizaciones especiales para colectivos con más dificultades para encontrar empleo, como los mayores de 50 años. El Ministerio espera sustanciar la reforma en la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales (CDS) ante una denuncia reciente de la Unión General de Trabajadores. Las resoluciones en el caso de Italia, Francia y Finlandia, sin embargo, no se han traducido en cambios legales como el que pretende llevar a cabo Díaz.

«España tiene uno de los despidos más caros de Europa»

El problema principal de la reforma es que la línea divisoria entre el despido procedente y el improcedente es muy difusa y no es posible definirla nítidamente por ley, lo que genera un nivel elevado de litigiosidad. En consecuencia, altos costes de despido improcedente aumentan el coste de creación de empleo de las empresas. Nuestros legisladores deberían evitar que los jueces sustituyan a los empresarios. El aumento de la inseguridad jurídica sobre la capacidad de despedir desincentiva la contratación indefinida y favorece el empleo temporal.  

Además, independientemente de la idoneidad de la reforma planteada, es importante remarcar que el discurso de Yolanda Díaz, en el que da a entender que España tiene uno de los menores costes del despido de Europa, no se corresponde con la evidencia. Los datos indican que España tiene uno de los despidos más caros de Europa y según numerosos informes, el elevado coste de las indemnizaciones por despido contribuye a que el español sea uno de los mercados menos flexibles y con una mayor tasa de paro estructural de la OCDE. 

En España, tanto en los despidos procedentes como en los improcedentes se sitúan aún entre los más elevados. En los primeros se establece una compensación de 20 días por año trabajado, mientras que en el segundo consta de 33 días por año empleado, hasta un máximo de 24 meses. Los trabajadores fijos despedidos después de 10 años tienen derecho a percibir una compensación correspondiente a 28,6 semanas. Esta indemnización es notablemente superior a la del resto de los principales países del entorno comunitario como Alemania (21,7 semanas), Portugal (14 semanas), Francia (8,7 semanas) o Reino Unido (7 semanas).  

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. EFE/ Villar López

De hecho, los mercados laborales más flexibles de Europa son los de las socialdemocracias nórdicas, como Dinamarca o Suecia, donde ni siquiera existe la indemnización por despido. La idea en estos países es proteger al trabajador que es despedido (mediante prestaciones, políticas activas de ocupación e itinerarios de reinserción que combinan formación, prácticas, etc.) pero nunca obligar al empresario a mantener un puesto de trabajo.  

La prioridad del Ministerio de Trabajo debería ser la reinserción laboral del trabajador en el plazo más breve posible, modernizando los servicios públicos de empleo y vinculando la percepción de prestaciones a la verificación de la búsqueda activa de trabajo o la participación en los programas ofrecidos. Además, hay que acompañar estas medidas con una fiscalidad que estimule la contratación, justo lo contrario de lo que ha venido propugnando el Gobierno en los últimos años, especialmente con el aumento de las cotizaciones a la Seguridad Social. 

Ni España tiene uno de los despidos más baratos de Europa ni la indemnización “disuasoria” disuadiría el despido, sino que seguramente disuadiría la contratación. Tras medio siglo de normativa orientada a dificultar y encarecer el despido y encadenando tasas de paro muy por encima de la media europea, quizás ha llegado la hora de mirar hacia el Norte y replantear la solución.