Hipotecas: la UE aclarará si el cliente debe pagar los gastos

Las discrepancias entre la ley hipotecaria y las sentencias del Tribunal Supremo llegan a la UE

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La Unión Europea resolverá sobre las diferencias entre la ley hipotecaria, que entró en vigor la semana pasada, y las decisiones del Tribunal Supremo, que emitió una sentencia sobre la legislación hipotecaria el pasado enero. 

La principal discrepancia afecta a los gastos de la constitución de la hipoteca. Por ello, el juzgado nº6 de Ceuta presentó ante el Tribunal de Justicia de la UE una cuestión prejudicial sobre si los parámetros establecidos por el TS sobre dichos gastos son compatibles con la ley y la jurisprudencia europea. Ahora será el tribunal europeo de Luxemburgo el que deberá aclararlo. 

“Los criterios no son los mismos, pero es que además, el Supremo se corrige a si mismo en su sentencia de 23 de diciembre de 2015, donde señaló que la totalidad de los gastos debían de correr a cargo del banco; (…) esta maraña de criterios resta seguridad jurídica al negocio hipotecario, por lo que es clave la aclaración que haga Luxemburgo sobre el asunto”, señaló Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho bancario Navas&Cusí, especializado en derecho bancario y europeo.

¿Qué diferencias existen sobre la nueva ley hipotecaria?

Por un lado, la nueva ley sobre las hipotecas determina que las entidades bancarias deben cubrir los costes de creación y cancelación de la hipoteca, así como los gastos de notaría y gestoría en la constitución de la hipoteca. La ley considera que el banco debe cubrir esos gastos porque es la parte que sale más beneficiada de este trámite. El cliente debería pagar los costes de tasación.

En cambio, la sentencia del Supremo sigue otro criterio: los gastos de notaría y gestoría deberán correr a cargo del banco y del cliente a partes iguales. El banco cubriría el coste de la inscripción hipotecaria, pero es el cliente que debe pagar la cancelación anticipada. El TS cree que el cliente debería abonar los costes de la cancelación anticipada, ya que sale beneficiado por cerrar el préstamo antes de lo previsto y por lo tanto, paga menos intereses.

Desde el despacho de abogados, esperan que en algunos meses ya se sepa el criterio del Abogado General, lo que despejará la incertidumbre sobre la legislación, aunque la sentencia no se conocerá hasta dentro de un año, aproximadamente. “La sentencia de Luxemburgo será clave para establecer una mayor seguridad jurídica”, ha asegurado Navas.

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