Autónomos: así puedes calcular el IVA en la declaración trimestral

Los trabajadores por cuenta propia han de presentar de forma trimestral el modelo 303 ante la Agencia Tributaria para liquidar el IVA

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Uno de los mayores quebraderos de cabeza para los autónomos es hacer frente a la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las facturas emitidas, un trámite que deben llevar a cabo ante las autoridades fiscales de forma trimestral.

Una vez transcurre este periodo, los trabajadores por cuenta propia han de realizar los cálculos pertinentes y presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 303. Sin embargo, se trata de una gestión que despierta numerosos interrogantes. A continuación, te desvelamos todas las claves.

Cuáles son los tipos de IVA

A excepción de algunos productos, que no están gravados con el impuesto, como los servicios de atención sanitaria o los productos financieros, existen distintos tipos de IVA, según detalla la Agencia Tributaria:

  • IVA superreducido: el IVA con el valor más reducido es el superreducido, del 4%. Se aplica a los productos de primera necesidad, como los libros, los medicamentos o las viviendas de protección oficial.
  • IVA reducido: con un porcentaje del 10%, grava los productos de alimentación en general, el transporte, la peluquería o la hostelería, entre otros.
  • IVA general: tiene un valor del 21% y se aplica a los productos del resto de categorías. Por ejemplo, a los electrodomésticos, los coches o los smartphones.

Cuál es la diferencia entre IVA soportado y repercutido

A la hora de calcular el IVA es imprescindible discernir entre el IVA soportado y el repercutido. Pues, cada vez que un contribuyente obtiene un producto o servicio de un autónomo ha de desembolsar un impuesto al Estado, si bien no lo hace de forma directa, sino a través del trabajador por cuenta propia.

El IVA repercutido el importe que en concepto del IVA se añade a los productos y servicios que el contribuyente compra. Precisamente, recibe ese nombre, porque es quien formaliza la compra quien hace frente al impuesto. En contraposición, el IVA soportado es el impuesto que paga el trabajador por cuenta propia al adquirir un bien o servicio.

Cómo calcular el IVA

Al presentar el modelo 303, los autónomos han de restar al IVA que han pagado el IVA que han recaudado. El resultado de la operación será el importe que habrán de ingresar a la Agencia Tributaria mediante el documento. Para conocer cuanto IVA se ha pagado en las compras, se debe aplicar a la base imponible de la factura de todos los proveedores el porcentaje correspondiente a cada servicio.

Para presentar la declaración trimestral los autónomos han de restar al IVA que han pagado el IVA que han recaudado. Foto: Freepik.
Para presentar la declaración trimestral los autónomos han de restar al IVA que han pagado el IVA que han recaudado. Foto: Freepik.

Posteriormente, se deberá calcular cuanto IVA se ha recaudado. Entonces, será necesario sumar la base imponible de todas las facturas emitidas a lo largo del trimestre y, a la vez, aplicar el porcentaje del impuesto al que esté sujeto la actividad que desarrolle el autónomo.

Si el IVA soportado es mayor al repercutido, la Agencia Tributaria realiza una devolución al autónomo

Conviene tener en cuenta que, cuando el IVA soportado es mayor al IVA repercutido, las autoridades fiscales permiten obtener una compensación, o bien, realizar una devolución.

Presentación del modelo 303

Teniendo en cuenta que la presentación del IVA se lleva a cabo de forma trimestral, los autónomos han de anotar en rojo en sus agendas los meses de enero, abril, julio y octubre, cuando será necesario formalizar el trámite. También se debe tener en cuenta que el plazo para aportar el documento ante las autoridades fiscales y liquidar el IVA del trimestre arranca el día 1 y concluye el día 20 de los meses mencionados.

En el caso de que el trabajador por cuenta propia tenga que realizar un desembolso a la Agencia Tributaria, tras restar al IVA soportado el IVA repercutido, ha de tener en mente que el plazo es inferior si desea realizar el desembolso por domiciliación bancaria. Concretamente, habrá de realizarlo entre el día 1 y el 15 del mes.

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