La nueva ley hipotecaria da vida a los seguros ajenos al banco

La prohibición de vincular hipotecas a seguros abre nuevas vías de contratación más favorables

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España está recuperando su fortaleza tras la época de crisis. Se nota en el entorno laboral y lo confirman las cifras. Se cerró 2017 con un  crecimiento del 3,1% y el FMI confirmó las previsiones del gobierno de seguir esta línea con un avance del 2,8% en 2018.

La mejora, no obstante, se desarrolla con pies de plomo. El país tenía muy buena salud antes de la recesión económica y ahora, además de las medidas para seguir creciendo, se imponen regulaciones que eviten errores pasados.

Los consumidores están más protegidos a la hora de pedir dinero al banco

Una de ellas, la nueva ley hipotecaria aprobada durante el año pasado, promete traer cambios en la relación entre bancos y prestatarios. Entre otras medidas, los consumidores estarán más protegidos a la hora de pedir dinero al banco y, con ello, podrán rentabilizar mucho más sus inversiones.

Al evitar la repetición de abusos que se cometieron con los clientes, la nueva ley de hipotecas da vida tanto a los solicitantes de una línea de crédito como a las aseguradoras que trabajan al margen de los bancos.

La estrategia de los bancos

La reactivación del crédito hipotecario gracias a la recuperación económica ha vuelto a poner en juego las rentas variables, así como la oferta de diferentes productos asociados a los préstamos.

La nueva ley hipotecaria prohíbe condicionar la aceptación de una hipoteca a la contratación de productos asociados a la misma, pero los bancos buscan la forma de introducirlos. Para ello, manejan operaciones que, si bien no son vinculadas, sí combinan con el préstamo y tratan de bonificarlo.

Las hipotecas no podrán vincularse a la contratación de un seguro obligatorio

Esta estrategia responde a la necesidad de las entidades financieras de compensar el valor negativo que deja el Euribor. Dado que el beneficio asociado a rentas variables disminuye, los bancos tratan de ofrecer bonificaciones a través de unos productos como seguros de vida.

La realidad, no obstante, es que con esta nueva libertad del cliente para adquirir seguros con entidades ajenas al banco, el abanico de posibilidades para el consumidor se abre considerablemente. Se dan unas condiciones más favorables al contratante a la hora de estampar su firma en un acuerdo.

La diferencia abrumadora

Con este panorama, los seguros ajenos al banco vuelven a estar bajo la atenta mirada de un usuario que cada vez valora más la libertad de elección en la vinculación con distintas empresas.

Al realizar una comparativa de precios y condiciones entre un seguro de vida de una entidad aseguradora como Divina Pastora y el de cualquier entidad financiera, queda claro cuál resulta más competitivo.

Con un capital contratable que va desde los 10.000€ hasta los 200.000€, las coberturas ofrecidos por Divina Pastora Seguros pueden costar a una persona de 28 años desde los 0,62€ mínimos hasta los 21,21€ de la cobertura total de vida, gran invalidez e incapacidad total.

Con estos seguros, el usuario puede beneficiarse de una cobertura total derivada de accidente o enfermedad a través de la opción básica, y también de protección en caso de gran invalidez o incapacidad total y absoluta en caso de decidirse por las opciones más completas ofrecidas por la aseguradora.

Cuadro comparativo de seguros

Estas tarifas se incrementan lógicamente a medida que avanza la edad del usuario, pero continúan manteniendo las ventajas añadidas de no necesitar revisión médica para contratarlo, aparte de eliminar el periodo de carencia presente en otras coberturas.

Ante esta perspectiva de mayor oferta en el mercado, el tomador del seguro puede calcular el precio de cuota en base a sus necesidades reales, eliminando de la ecuación si el importe de la prima es adecuado a la cuota del préstamo adquirido.

La nueva ley hipotecaria da vida a los seguros ajenos a los bancos, y establece un marco que garantiza la protección de los solicitantes de protección ante accidentes, enfermedad o invalidez.

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