Las cuatro vías de Junqueras para salir de la cárcel en breve

Junqueras identifica los resquicios del reglamento penitenciario para salir lo antes posible de la cárcel a través de permisos

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Oriol Junqueras cumplirá el próximo 2 de noviembre sus dos primeros años de cárcel de los 13 a que fue condenado por el Tribunal Supremo por los delitos de sedición y malversación. Una vez se dictó sentencia este 14 de octubre, el reglamento penitenciario le abre cuatro posibles puertas para conseguir el régimen abierto o, como mínimo, poder salir a menudo de la cárcel, aunque la fiscalía está atenta para cerrarlas.

El líder de ERC siempre ha rechazado la posibilidad de que le indulte el Gobierno que surja de las elecciones de este 10-N. “El indulto se lo pueden meter donde les quepa”, declaró en una reciente entrevista a Nació Digital.

Sobre los posibles beneficios penitenciarios que puede recibir, Junqueras mantiene que, pese a los que se dice, “la pena se cumple íntegramente siempre”. Asegura que su encarcelamiento le brinda la oportunidad de explicar el conflicto político catalán al mundo. No obstante, quiere salir cuanto antes de la cárcel.

Independientemente de lo que resuelva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la posible inmunidad de Junqueras como eurodiputado, no descarta las vías que le ofrece el reglamento penitencio para acceder a permisos y al régimen abierto.

A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo, Junqueras dejó de ser un preso preventivo porque su condena es firme. A partir de entonces, la junta de tratamiento del centro penitenciario de Lledoners, donde está ingresado, dispone de un plazo de dos meses, que finaliza a mediados de diciembre, para decidir el régimen penitenciario que se le aplica.

Descartado el primer grado, que es el que reciben los presos peligrosos o inadaptados que están sometidos a una estrecha vigilancia, la junta de tratamiento deberá optar por el segundo grado –que es el más habitual– o el tercer grado –régimen abierto–.

Ir a la cárcel solo para dormir

El tercer grado supone que los presos pueden salir del centro a diario para trabajar. Solo acuden a la cárcel a dormir un mínimo de ocho horas de lunes a viernes.

Según el reglamento penitenciario, la concesión del tercer grado antes de cumplir una cuarta parte de la pena es excepcional. La fiscalía puede recurrir este beneficio ante el tribunal sentenciador, que en este caso es el Supremo. La simple presentación del recurso suspende el tercer grado en las condenas superiores a cinco años de cárcel.

En esta situación se encuentran todos los condenados en el juicio del procés: además de Junqueras, están Quim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart –todos ellos en la cárcel de Lledoners–, Carme Forcadell –El Catllar–, y Dolors Bassa –Puig de les Basses–.

Las juntas de tratamiento de estos tres centros penitenciarios decidirán ahora el régimen penitenciario de sus respectivos presos. Si optan por concederles el tercer grado, el reglamento penitenciario les ofrece cuatro atajos para evitar las largas condenas. Incluso podrían pasar todo el día el libertad sin necesidad de acudir las ocho horas nocturnas.

El artículo 86.4 del reglamento penitenciario posibilita que los presos en régimen abierto ni siquiera acudan a dormir si aceptan que les ponga un dispositivo telemático para controlarlos. Expertos juristas indican que el reglamento es “difuso” sobre esta cuestión y que es una medida excepcional. Este artículo se puede aplicar para conceder la libertad condicional cuando no se reúnen las condiciones. Un posible recurso se vería en la sala de vigilancia penitenciaria número 21 y no supondría la suspensión del beneficio mientras se espera la resolución.

El artículo 100.2 establece que, “con el fin de hacer el sistema más flexible”, el equipo técnico de un determinado centro penitenciario podrá proponer a la junta de tratamiento la adopción de modelos, respecto a cada preso, que combinen aspectos del segundo y del tercer grado.

Es una medida excepcional. Para el condenado tiene la ventaja de que es ejecutiva desde el momento en que la junta de tratamiento lo propone al juez. Los posibles recursos en contra se dirigen a la sala de vigilancia penitenciaria, pero no suspenden la medida.

Los casos de Oriol Pujol e Iñaki Urdangarin

Oriol Pujol Ferrusola es uno de los presos que se ha acogido a beneficios penitenciarios a través del artículo 100.2. Pese a que se le condenó a dos años y medio  de cárcel por el caso ITV, se le concedió el tercer grado 57 días después de su ingreso en la cárcel. Después de un recurso de la fiscalía, el juzgado de vigilancia penitenciaria revocó el tercer grado. Sin embargo, una semana después, la junta de tratamiento de la cárcel de Brians le aplicó el artículo para “flexibilizar” su situación. Y salió de nuevo de la cárcel.

El artículo 117 del reglamento penitenciario posibilita que los reclusos de segundo grado, con un perfil de baja peligrosidad y sobre los que no haya riesgo de quebrantamiento de condena, puedan realizar tareas fuera de la cárcel. Las salidas tendrán una duración máxima de ocho horas. Deben ser programadas por la junta de tratamiento. Esta medida también pude ser recurrida ante la sala de vigilancia penitenciaria, aunque el recurso no suspende el beneficio mientras no se resuelva.

Precisamente, Iñaki Urdangarin se acogió al artículo 177 para salir los martes y jueves de la cárcel de Brieva (Ávila) para ejercer  el voluntariado en el Hogar Don Orione de Pozuelo de Alarcón (Madrid). Pese a que la fiscalía se opuso a este beneficio penitenciario, el juez lo autorizó. El cuñado del rey Felipe VI cumple una pena de cinco años y diez meses de prisión por el caso Nóos.

Además, Junqueras y al resto de condenados en el juicio del procés podrían conseguir la libertad condicional bajo ciertas condiciones. La libertad condicional “ordinaria” se puede obtener tras cumplir tres cuartas partes de la pena. Si cometieran delito durante esta fase no se les computaría el tiempo transcurrido como cumplimiento de pena.

Además, es posible la obtención de libertad condicional “extraordinaria” tras cumplir las dos terceras partes de la condena. Para ello es necesario haber participado de forma constante en actividades laborales, culturales o ocupacionales. La normativa también contempla ventajas para aquellos que participen en programas de “reparación”.

Permisos

Los permisos penitenciarios se dan cuando los presos han cumplido una cuarta parte de la condena y se observa buena conducta. La normativa los prevé para que los reclusos se preparen para la vida en libertad. Los posibles recursos a los permisos se verían en el juzgado de vigilancia penitenciaria.

Los primeros condenados que pueden beneficiarse de permisos son los Jordis, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que superarán la cuarta parte de los nueve años a los que fueron condenados el próximo enero. El último sería Junqueras, que por su condena de 13 años no le tocaría hasta principios de 2021.

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