El Constitucional anula el euro por receta en Madrid

El Alto Tribunal estima la medida inconstitucional como ya hizo en Catalunya

La historia se repite. El Tribunal Constitucional ha declarado nulo e inconstitucional el euro por receta que entró en vigor en enero de 2013 en la Comunidad de Madrid. Es la misma decisión que tomó en su día con la medida que también fue implantada por la Generalitat de Catalunya. 

En la sentencia, el Alto Tribunal estima que la tasa invade la competencia estatal y acepta así el recurso que había presentado el grupo parlamentario socialista. 

El euro por receta ha tenido una vida bastante corta en Madrid. Sólo se aplicó durante 29 días en la Comunidad. La sentencia reitera los mismos argumentos con los que, el pasado 6 de mayo, se declaró la inconstitucionalidad de la tasa farmacéutica en Cataluña. Ya entonces se detalló que la financiación sanitaria es una «competencia básica del Estado».

Políticas autonómicas sí, pero sin empeorar al ciudadano  

Pero la decisión del Tribunal va más allá. Señala que la tasa recurrida «recae de forma directa sobre la prestación farmacéutica, pues su pago es condición para la dispensación del medicamento o producto sanitario», lo que en la práctica supone el empeoramiento de una «prestación básica» para el ciudadano.

El Constitucional detalla que cada autonomía puede desarrollar su propia política sanitaria siempre y cuando ésta implique la prestación de servicios adicionales para los usuarios. «Es decir, las comunidades autónomas podrán mejorar el mínimo estatal, pero en ningún caso empeorarlo», añade la sentencia.

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