La próxima batalla laboral: las compensaciones por el teletrabajo

Sindicatos y patronal trasladarán a la negociación colectiva la forma de compensar los gastos de los empleados que trabajen a distancia

Un empleado teletrabajando desde su domicilio en Madrid durante la primera semana de vigencia de la ley del trabajo a distancia (noviembre de 2020). /EFE/Emilio Naranjo

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Esta semana entró en vigor la ley que regula el teletrabajo. El Gobierno de Pedro Sánchez tiró adelante el real decreto del llamado “trabajo a distancia” con el visto bueno de sindicatos y patronales, aunque tanto los representantes de los trabajadores como los empresarios miran con recelo esta normativa.

Cuando se negociaron estas medidas en el marco del diálogo social, la CEOE y Cepyme mostraron sus dudas sobre las compensaciones que puede exigir el empleado que opte por trabajar en casa. Este puede reclamar que se le dote de equipos, como pueden ser el ordenador o la conexión a Internet, pero también que se compense por gastos como la electricidad o el mobiliario. Los empresarios temen que se les disparen los costes, precisamente en un momento de vacas flacas.

Fuentes de la junta directiva de la CEOE apuntan que las posibles compensaciones para los empleados que trabajen a distancia se abordarán en un posterior proceso de negociación colectiva. Los convenios sectoriales o de empresa determinarán como se abonan los gastos.

Según la normativa, el trabajo a distancia deberá ser compensado por la empresa. El trabajador no tiene porque asumir los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral. Sin embargo, la ley no precisa cómo se realizará esta compensación. Tan solo apunta que la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos del teletrabajador.

Fuentes patronales vaticinan que la negociación de estas compensaciones con los sindicatos será una “dura batalla”. Recuerdan que, a los gastos de la sede central de una empresa, se le podrían sumar otros gastos por el trabajo que realizan los empleados en sus domicilios. Tan solo en cargas administrativas (especialmente, trámites legales), el Ministerio de Trabajo calcula que el coste que tendrán que afrontar las empresas por el teletrabajo ascenderá a 790 millones de euros.

Atentos a las posibles “disfunciones” de la norma

Pese a las dudas, los órganos ejecutivos de CEOE y Cepyme apoyaron por unanimidad la iniciativa del Gobierno. Eso no impide que estén muy atentos a las “posibles disfunciones” que genere la nueva normativa.

En junio pasado, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, indicó que no se podían exigir condiciones “imposibles” a las empresas. Advirtió que el trabajo que desempeña un empleado desde su casa en España lo puede realizar otra persona “desde Portugal, Brasil o Argentina” con un coste laboral más bajo.

Pese a las advertencias, CEOE se adhirió al acuerdo con los sindicatos y el Gobierno. En un comunicado, la gran patronal indicó: “Entendemos que el teletrabajo es una forma de organización de los tiempos y los recursos cada vez más utilizada por las empresas y confiamos en que esta norma permitirá avanzar de forma ordenada en esta modalidad, especialmente una vez se supere la excepcional coyuntura en la que nos encontramos con motivo del COVID-19″.

Las fuentes patronales consultadas indicaron que mantienen la posición expresada en el comunicado aunque estarán “muy atentos” a la implementación de la norma. Recuerdan el carácter voluntario de la relación del trabajo a distancia, que requiere el acuerdo del empleado y del empleador.

La norma establece que el trabajo a distancia será voluntario y reversible. Se requerirá la firma de las dos partes -empresa y trabajador- por escrito. Los derechos de los trabajadores a distancia serán los mismos que los de los presenciales. Además, la negativa de un empleado al teletrabajo no será motivo de despido.

Los derechos de los trabajadores a distancia y de los presenciales serán exactamente los mismos. Por lo tanto, los primeros tendrán el mismo derecho a la promoción profesional, desconexión digital o, incluso, a la seguridad y salud en el trabajo. Deberán recibir de la empresa los medios adecuados para el desarrollo del trabajo.

Durante la primera semana de vigencia de la nueva ley de trabajo a distancia no ha trascendido ninguna incidencia. Aunque la norma prevé sanciones de entre 626 y 6.250 euros para las empresas que la incumplan, Inspección del Trabajo ha optado por dar un periodo de gracia para que todo el mundo se adapte a esta realidad. Antes de multar, advertirán de la posible infracción para que se corrija. Además, la misma norma establece plazos transitorios.

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