Cecot exige al Gobierno que frene ‘el peinado fiscal’ a las sociedades patrimoniales

Las inspecciones que abarcan toda la provincia de Barcelona sancionan las sociedades de tenencia de bienes por aplicar el tipo impositivo de las pymes

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La patronal catalana Cecot, que tiene su ámbito específico en la comarca de Terrassa, ha denunciado en una carta a la ministra de Economía y Hacienda, las actuaciones indiscriminadas, “peinado fiscal”, de la Inspección Tributaria en relación con las sociedades patrimoniales.

La actuación, objeto de la iniciativa de la patronal catalana, no se refiere solo a inspecciones puntuales, sino que se han detectado numerosos análisis y reclamaciones en las comarcas del Vallès Occidental y Oriental y también en la ciudad de Barcelona. Por extensión la patronal afirma que se dan casos en el mismo sentido en el conjunto de la provincia de Barcelona. Y no solo por las reclamaciones hechas desde las empresas directamente afectadas sino por consultas que han llegado a la entidad empresarial procedentes de asesores fiscales.

Reclamación sistemática

La actuación denunciada por el presidente de Cecot, Antoni Abad, se refiere específicamente a la “reclamación sistemática y generalizada” a las sociedades de tenencia de bienes, también conocidas como sociedades patrimoniales. Concretamente Hacienda reclama a las empresas investigadas la diferencia de tipos impositivos en el impuesto de sociedades de los últimos cuatro años. El conflicto se da porqué la autoridad tributaria cree que las sociedades patrimoniales no son empresas, y por tanto, no se les puede aplicar el régimen especial para pymes que contempla una reducción de 5 puntos respecto al tipo impositivo general.

La entidad patronal reconoce que las actuaciones se basa en criterios sujetos a una fuerte discusión entre los especialistas, ya que las interpretaciones actuales en que se fundamentan no se corresponden ni temporal ni tributariamente con la situación actual.

Paralizar los expedientes

La patronal catalana reclama, en la carta enviada a la ministra “que se paralicen los expedientes iniciados y las liquidaciones provisionales que resultan de ellos”. Por otra parte, Cecot reclama que se defina la normativa tributaria con claridad. Bien a través de la modificación del texto legal o a través de la jurisdicción contenciosa.

Las quejas de las empresas se dan también porque una vez que se ha producido una inspección y una resolución inicial la defensa jurídica implica recorrer la deuda tributaria que se deriva y sus intereses, presentar avales para suspender el pago y esperar a veces muchos años a que la Administración, el Tribunal Económico Administrativo y los tribunales contenciosos decidan.

La entidad empresarial manifiesta que “los esfuerzos y la urgencia de las medidas sancionadoras se han de dirigir a la lucha contra el fraude fiscal” y consideran en las actuaciones sobre las que expresa su queja se debe simplemente a una interpretación sobre la aplicación de tipos impositivos.

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