¿Es obligatoria la jubilación?

Las personas que se quieran jubilar en 2023 deberán haber cumplido 66 años y cuatro meses y haber cotizado 37 años y nueve meses

Una pareja de jubilados. Pixabay.

Una pareja de jubilados. Pixabay.

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La jubilación es una etapa de la vida ansiada por muchos trabajadores. Sin embargo, algunos cada vez ven el momento de iniciar esta etapa más lejos, puesto que los requisitos para solicitar la jubilación se van endureciendo a medida que pasa el tiempo. Y es que, cada año, las personas interesadas en jubilarse han de hacerlo a una edad más elevada y con unos periodos de cotización a la Seguridad Social más amplios.

Las personas que se quieran jubilar este año deberán haber cumplido los 66 años y cuatro meses, siempre y cuando se haya cotizado por 37 años y nueve meses. Por su parte, las personas que cuenten con cotizaciones superiores a este periodo, podrán jubilarse a los 65 años.

De esta manera, a los trabajadores que quieran jubilarse en 2023 se les exigirá una edad de acceso dos meses superior y un periodo de cotización tres meses más amplio que las personas que la solicitaron en 2022. Pues, el año pasado la edad legal de jubilación se situó en los 66 años y los dos meses para las personas que hubiesen cotizado a la Seguridad Social durante al menos 37 años y seis meses. Sin embargo, las personas que contaban con un periodo de cotización mayor podían solicitar la jubilación a una edad más temprana, a los 65 años.

¿Por qué aumenta la edad de jubilación y las cotizaciones?

La subida de la edad exigida para solicitar la jubilación, así como los periodos de cotización requeridos, se enmarca en la reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en 2013. Pues, la norma estableció un incremento progresivo de la edad de jubilación hasta 2027.

Jubilados disfrutando de su tiempo libre. Foto: Pixabay.
Jubilados disfrutando de su tiempo libre. Foto: Pixabay.

Así, las personas con la intención de jubilarse el año que viene, en 2024, podrán conseguirlo si tienen más de 66 años y seis meses, en el caso de que hayan cotizado, al menos, durante 38 años. Por su parte, las personas que cuenten con un periodo de cotización a la Seguridad Social superior podrán solicitar la jubilación con 65 años.

Más duros serán los requisitos para los trabajadores que planean poner punto final a su vida laboral en 2025. Y es que, podrán solicitar la jubilación ese año las personas que cuenten con una edad superior a los 66 años y 8 meses, si han cotizado durante menos de 38 años y tres meses, o bien a los 65 años, si disponen de un periodo de cotización mayor.

En 2026, podrán acceder a la jubilación a los 65 años quienes hayan cotizado durante más de 38 años y tres meses, mientras que podrán solicitarla con 66 años y diez meses quienes cuenten con cotizaciones superiores a los 38 años y tres meses.

Finalmente, la edad de jubilación en 2027 alcanzará los 67 años, para quienes hayan cotizado menos de 38 años y seis meses. Sin embargo, podrán solicitarla con 65 años, aquellas personas que cuenten con periodos de cotización más extensos.

¿Qué ocurre con las personas que no quieren jubilarse?

A pesar de que la ley fija una edad mínima para acceder a la jubilación, conviene tener en cuenta que no es obligatoria. Es decir, es el momento a partir del cual se puede formalizar el trámite y poner punto final a la carrera profesional, pero el trabajador puede alargar su vida laboral hasta el momento que considere oportuno.

De la misma manera que existen distintas opciones para avanzar la edad de jubilación, como la jubilación anticipada, también existen alternativas para retrasar el acceso a la jubilación. Un ejemplo, es la jubilación activa, que permite cobrar la pensión de jubilación a la vez que se realiza un trabajo por cuenta ajena o propia, a jornada completa o parcial.

Otra opción es la jubilación demorada, que consiste en retrasar la edad de jubilación. De esta forma, los empleados que opten por trabajar unos años más de la cuenta obtendrán un 4% extra de base reguladora por cada año trabajado una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación cuando cobren la pensión de jubilación, o bien, podrán percibir un pago único por cada año trabajado tras cumplir la edad de jubilación y que aumenta en un 10% en el caso de trabajadores con 44 años y seis meses cotizados.

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