Europa decidirá si son válidos los pactos que anulan cláusulas suelo
El Tribunal Supremo deja en suspenso los recursos contra los acuerdos privados entre clientes y bancos previos a que se fijara la doctrina del TJUE
El Tribunal Supremo (TS) ha congelado a la espera de conocer la doctrina del Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) cualquier recurso contra los pactos privados firmados por la banca y sus clientes para anular las cláusulas suelo; por las que los clientes renunciaban a tomar ninguna medida legal contra las entidades y que habrían impedido a los afectados recuperar los intereses pagados de más por su aplicación.
El Alto Tribunal europeo prevé que el abogado general encargado del caso presente su informe el 12 de diciembre, si bien la sentencia no se conocerá oficialmente hasta el próximo año. El TJUE decidió en diciembre de 2018 que la restitución de cláusulas abusivas se debía producir desde el momento de la firma del contrato. El máximo organismo de la Justicia europea sí aclaró entonces que los efectos de la sentencia emitida en mayo de 2013 comprendían toda la vida de la hipoteca y no se limitaban a la última fecha.
La nueva resolución del TS paraliza por el momento la tramitación de los recursos que presenten los clientes que pidieron la novación de su hipoteca. El Supremo considera que si se cancela una cláusula abusiva, ésta no existe y, por tanto, no puede volver a ser negociada, lo que perjudica a los titulares de un préstamo hipotecario que hubiesen modificado sus contratos independientemente de si lo realizaron a través de un notario o directamente con su propia entidad crediticia.
Según publicó a mediados de septiembre la Comisión de Seguimiento los bancos españoles solo estimaron el 45% de las reclamaciones interpuestas por los afectados por las cláusulas suelo, lo que les supuso a los prestamistas la devolución de 2.237,05 millones de euros a un total de 405.179 personas. Atendiendo a los datos al cierre de mayo de 2019, más de la mitad de las reclamaciones no fueron atendidas, lo que contabiliza un total de 700.875 casos que no fueron resueltos, entre los que se incluyen una amplia tipología de procedimientos (desestimaciones, inadmisiones y casos pendientes).
Según publicó la agencia Europa Press, el número de solicitudes presentadas desde la creación de la Comisión, en mayo de 2017, hasta el pasado mayo fueron 1.196.054. De estas, solo se estimaron el 44,24%, 529.193, mientras que otras 234,451 reclamaciones fueron desestimadas (el 19,6%). En cuanto al resto de procesos, las inadmisiones se situaron en el 34,7% (415.171 casos) mientras que solo el 0,47% (5.622) estaban pendientes de análisis.
Para la presidenta de la Asociación de Asuntos Financieros (ASUFIN), Patricia Suárez, la decisión del TS muestra que «tiene miedo», a pesar de los «excelentes juristas» que se posicionaron en favor de los consumidores afectados. Para Suárez, esto le lleva a hacer «política económica» en lugar de «normas ajustadas al derecho» y, añade, lo que ha hecho el Supremo es «legislar» aunque no tenga una influencia beneficiosa para la seguridad jurídica.