Los siete pasos que tienes que dar para el alta de la luz

El trámite del alta de la luz algo más largo en el caso de las viviendas nuevas, se agiliza gracias a las gestiones que se pueden hacer por internet

Hay que evitar marearse con las ofertas de luz de las comercializadoras. Foto Teksomolika

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Ya sea en una vivienda nueva, así como en una de segunda mano a la que se entra a vivir, el proceso de dar de alta el servicio de luz es un trámite que no tiene muchas complicaciones, pero donde conviene tener la documentación lista y estar familiarizado con el lenguaje técnico para evitar confusiones.

Veamos, paso por paso, qué hay que hacer para que se haga la luz en el hogar.

1. Elegir la compañía eléctrica

Quizás el primer paso sea un poco abrumador: además de las grandes compañías del sector (como Iberdrola, Naturgy o Endesa) también hay muchas pequeñas que ofrecen tarifas muy competitivas.

Es cuestión de analizar tarifas y condiciones con calma, verificando la letra chica de las promociones. En todo caso, además de varios comparadores online, se sugiere comprobar las propuestas de las comercializadoras en el portal de la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y Competencia)

2. Revisar la instalación eléctrica

Antes de dar de alta el servicio, hay que comprobar que la instalación eléctrica cumpla con las normativas y requisitos de la compañía.

Para no marearse ante tantas ofertas, se sugiere consultar el comparador de eléctricas que ofrece la CNMC

Con el Plan Estable los usuarios pagan siempre lo mismo por la luz. Foto: Freepik.
El trámite de alta de la luz tarda de 2 a 20 días. Foto: Freepik.

Es posible que sea necesario contar con el certificado de instalación eléctrica (también llamado boletín eléctrico); o en todo caso, previamente habrá que llamar a un profesional autorizado para que haga la expedición del documento.

Previamente es recomendado saber qué potencia eléctrica se va a contratar. Eso dependerá de los electrodomésticos que se dispongan y los metros cuadrados de la propiedad.

3. Solicitar el alta del suministro

A la compañía eléctrica elegida se la puede contactar por teléfono, en línea a través de la página web o en persona en una oficina de atención al cliente.

Lo sugerido es que el trámite lo haga la persona que vaya a figurar como titular del contrato del servicio, y que tenga una cuenta bancaria a su nombre. En todo caso, tras ese paso la titularidad puede cambiar más adelante

4. Proporcionar la documentación necesaria

Para poder dar el alta hay que presentar varios documentos, como el DNI o NIE, un contrato de arrendamiento en caso de alquiler o la escritura si se es propietario, el Certificado de Instalación Eléctrica (el citado boletín eléctrico), la dirección de la propiedad y los datos bancarios para realizar el débito.

Si es un alta nueva, la compañía brindará el número de CUPS, Código Unificado de Punto de Suministro. Si ya se tiene, hay que aportarlo a la compañía que se ha contratado.

5. Firmar el contrato

Una vez que se haya proporcionado la documentación necesaria, es probable que se tenga que firmar el contrato con la compañía eléctrica.

Los que contraten por teléfono o internet lo pueden agilizar con la recepción de la documentación por correo electrónico y con la firma electrónica.

l Consejo de Ministros ha dado luz verde al aumento adicional del 0,5% en los salarios de todos los empleados públicos. Foto: Envato
Los costes por el alta se facturan en el primer recibo de la luz. Foto: Envato

Sin embargo, se recomienda leer detenidamente las condiciones y asegúrate de comprender todos los términos antes de firmar.

6. Programar la visita del técnico

Ya con el servicio contratado, hay que coordinar la visita de un técnico de la empresa que verificará la instalación eléctrica y las conexiones.

Si ve todo correctamente, hará las conexiones que correspondan y será cuestión de esperar unos días más para tener la esperada luz.

7. Pagar por el alta

Como en cualquier servicio, hay que hacer el pago para terminar con el trámite. La facturación será incluida en el próximo recibo de la luz, pero no habrá que esperar a abonarlo para el alta: el usuario ya podrá disfrutar del servicio y lo abonará en el período que determine la empresa comercializadora.

El consumidor tiene que abonar tres conceptos, o más técnicamente, por tres derechos: el de extensión (17,37 euros/kW + IVA), el de acceso (19,70 euros/kW + IVA) y el de enganche (9,04 euros + IVA).

Qué sucede en las viviendas de segunda mano

Estos derechos son más bajos si el alta corresponde a una vivienda de segunda mano, donde la baja se había realizado hace menos de tres años.

Y en caso que el suministro no se haya cortado, todo se resuelve con un llamado o un trámite online, donde se cambia el titular del contrato.

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