La justicia asesta un nuevo golpe al modelo de franquicias de DIA

Un juzgado de Cataluña vuelve a condenar después de siete meses a la compañía por la relación con uno de sus franquiciados

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DIA, la cadena de supermercados de Mikhail Fridman desde mayo de este año, vuelve a sufrir un revés judicial por el trato a sus franquiciados. La compañía, siete meses después de vivir una derrota en los tribunales que daba esperanza a este colectivo, vuelve a revivir la misma historia. 

Un juzgado de Cataluña, de acuerdo a una sentencia consultada por Economía Digital, ha tumbado todas las acusaciones que la compañía, tercera por cuota de mercado en España, vertió contra una franquiciada. El artífice que lo ha conseguido ha sido el mismo que lo hizo en marzo: el abogado Ramón Piñol

Según esta resolución emitida desde el juzgado de primera instancia de Tarragona, DIA no solo vuelve a ver cómo todas sus acusaciones caen en saco roto, sino que terminan volviéndose en su contra.

Esta resolución, fechada el pasado 30 de septiembre, desestima las demandas de la compañía de supermercados, que acusaba a la exfranquiciada de, entre otros, haber dejado de pagar 50.000 euros que tenía comprometidos.

La sentencia, en cambio, aprecia una serie de prácticas engañosas por parte de DIA. Algunas de ellas son la falta de libertad por parte de la franquiciada para gestionar los pedidos o las condiciones en las que se vendió la tienda.

La franquiciada que fue demandada y ejerció su derecho de reconversión —contestar a la demanda con otra durante el mismo proceso— consiguió parte de lo que reclamaba: el pago de 125.495 euros y el reconocimiento de daños morales por 10.000 euros.

DIA volvió a ver cómo una demanda suya se volvía en contra

El mismo documento añade que «en cuanto a la veracidad de la información, queda acreditado que la información facilitada a la demandada no es veraz y ajustada a la situación de la tienda que iba a ser objeto de la franquicia», añade la sentencia, apoyándose en un informe pericial.

En este informe se recoge que durante el periodo de tiempo de apertura de la tienda, desde septiembre de 2010 a julio de 2013, no se cumplió ninguno de los propósitos que DIA ofreció a la franquiciada. No se alcanzó la cifra de ventas, ni el margen de beneficio. Además, el gasto de personal fue superior al ofertado.

Siete meses después de la primera sentencia

No es la primera sentencia que Piñol consigue en los tribunales ante DIA. Ya en marzo de este año, el abogado, propietario del bufete Abogados Ramon Piñol Cos, consiguió en otro juzgado de Tarragona un fallo favorable muy similar. 

Aquella sentencia, que podía ser apelada en la Audiencia Nacional, también consideraba que la empresa entregó a una mujer un balance falso a la hora de firmar la venta de la tienda, indicando que dicho establecimiento tenía beneficios cuando en realidad era todo lo contrario.

Distintos franquiciados aseguraron entonces a este medio que el caso calcaba al de muchas otras personas que un día se embarcaron en el mismo proyecto con DIA. Desde el colectivo Asafras, uno de los más activos en esta lucha, calificaron esa sentencia como un halo de esperanza en su batalla judicial, que sigue abierta desde hace muchos años. 

El modelo de Fridman: cada vez menos franquiciados en DIA

La sentencia transciende en un momento en que hay cada vez más informaciones que apuntan a que Fridman, el multimillonario ruso con domicilio en Londres que lleva más de 100 días como propietario de DIA, no apuesta por el modelo de franquicias tiendas y sí por las tiendas propias. 

Un dato: el número de tiendas propias de DIA a nivel mundial está por encima del de las franquicias, algo que no sucedía desde 2015. A ello hay que sumar que se están eliminando algunos formatos de franquiciados, como las tiendas Cada DIA, tal y como adelantó este medio. 

El grupo ahora está negociando con aquellos franquiciados “descontentos” o que no alcanzaban la rentabilidad esperada para liquidar sus contratos. Para poner fin a esta relación se han elegido tres vías: el pago en efectivo, la cancelación de deudas o los cobros por el stock no vendido.

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