Stellantis, condenada a pagar 30.000 euros al sindicato CUT

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia admite parcialmente el recurso de la central y condena a Stellantis Vigo por vulnerar la libertad sindical

Imagen de archivo de un operario en la planta de Stellantis en Vigo

Imagen de archivo de un operario en la planta de Stellantis en Vigo. Stellantis

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso de suplicación interpuesto por la Central Unitaria de Traballadores (CUT) contra Stellantis Vigo por vulneración de derechos fundamentales y de la libertad sindical. Los magistrados condenan al fabricante automovilístico a pagar una sanción de 30.000 euros al sindicato por tres vulneraciones de la libertad sindical.

La sentencia declara nulo el modelo de acuerdo individual de teletrabajo, así como la decisión de la empresa de aplicarlo al existir «indicios de vulneración de la libertad sindical». «La sentencia dictamina que el acuerdo de teletrabajo que fue impuesto unilateralmente por la empresa es nulo y más a la vista de las diferentes cláusulas que en él se recogen», ha reivindicado la central en un comunicado.

Tres razones de nulidad

La CUT ha criticado que este acuerdo «contó con el silencio» de otros sindicatos como SIT, UGT y CC.OO., pero ahora el TSXG declara la vulneración de la libertad sindical en tres aspectos, al ser «impuesto y no negociado», al ser un acuerdo «elaborado unilateralmente intentando desvirtuar la intervención sindical» y al retrasarse la entrega de las copias de las personas en teletrabajo.

«Esta política antisindical la sufrimos día a día los representantes de la CUT, pero sobre todo la sufren nuestros afiliados en sus puestos de trabajo que corren el riesgo (por presumiblemente ser afiliados) de sanciones indiscriminadas, limitación de sus carreras profesionales, dificultades en el ejercicio de derechos que a otras personas sí se les conceden, avisos o amonestaciones», ha lamentado la CUT.

Stellantis recurrirá

Stellantis Vigo ha manifestado que recurrirá al Tribunal Supremo esta sentencia, solicitando una unificación de doctrina. A su juicio, «hay disparidad de criterios» al respecto, con informes de la Inspección de Trabajo y de la Fiscalía o una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que dio la razón a la compañía sin apreciar vulneración de derechos en el acuerdo de teletrabajo.

Economía Digital Galicia

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