Un juzgado anula la venta de acciones del Popular a un minorista

La sentencia anula la compra de 5.000 acciones a partir de la ampliación de capital de 2016 y obliga al banco a devolver la inversión con intereses

Logo de Banco Popular, en una imagen de archivo. EFE/ED/archivo

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El juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo ha anulado la compra de 5.000 acciones de Banco Popular por parte de un pequeño inversor entre junio y noviembre de 2016. La sentencia obliga al banco a devolver el dinero invertido, 5.454 euros, más intereses. Una vez anulada la compra, el demandante tiene que retornar a la entidad todos los réditos obtenidos de los títulos más el interés legal devengado desde su pago.

La sentencia se fundamenta en que el Popular ofreció una información “irregular” a los inversores en la ampliación de capital de 2016, informa EFE. El juzgado concluye que existía una «notable diferencia» entre la situación patrimonial y financiera del banco, que determinó su intervención meses después, y la expresada en el folleto de la oferta pública, «donde se erigía en el banco más rentable del mercado español, si bien en atención a determinados parámetros».

El juzgado concluye que el Popular ofreció una información «falseada o irregular» en la ampliación de capital

Así, incide en que esa información «falseada o irregular» llevó al demandante a hacerse una representación equivocada de la rentabilidad de su inversión, dado que, sin solución de continuidad desde la finalización de la oferta, el banco desveló una situación «netamente distinta» hasta que fue intervenido y vendido por un euro al Santander, con pérdida íntegra de la inversión del actor.

También apunta el fallo a que, de haber tenido conocimiento de la situación real de la entidad, el demandante no habría invertido sus ahorros y que carecía de medios para conocerla al tratarse de un pequeño inversor “sin conocimientos financieros”. Contra la sentencia cabe recurso. 

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